Le pagaron el anticipo, esperaron los muebles 30 días y el final lo decidió un juez
Policiales · Neuquén

Le pagaron el anticipo, esperaron los muebles 30 días y el final lo decidió un juez

Le pagaron el anticipo, le entregaron hasta el horno y el anafe para adaptar los muebles, y esperaron los 30 días pactados. Lo que vino después terminó con un juez declarándolo rebelde y una sanción extra por daño punitivo.

La Justicia de Neuquén resolvió que un carpintero deberá indemnizar a una pareja que le pagó un anticipo por muebles a medida y nunca los recibió. El fallo determinó que el hombre cobró el adelanto, no cumplió con el plazo pactado y después dejó de contestar los mensajes de sus clientes.

El encargo se concretó a fines de 2023. El carpintero concurrió al domicilio de la pareja, tomó las medidas y envió por mensaje de texto el presupuesto para fabricar e instalar una alacena, un vanitory y un rack. Las partes acordaron un plazo máximo de 30 días.

Además del anticipo, los clientes le entregaron un horno y un anafe para que pudiera adaptar los muebles a esos electrodomésticos.

El plazo venció y el trabajo nunca llegó

Pasado el mes convenido, la instalación no se concretó. De acuerdo con lo que quedó acreditado en el expediente, el carpintero aseguró en varias oportunidades que estaba por terminar la tarea, pero no exhibió avances ni cumplió con la entrega.

Tras reiterados reclamos, el hombre devolvió el horno y el anafe. El anticipo, en cambio, nunca lo reintegró.

Los damnificados intentaron comunicarse de distintas maneras e incluso le enviaron una carta documento para exigir la devolución del dinero. Tampoco obtuvieron respuesta por esa vía.

Qué resolvió el juez Alarcón

El demandado no se presentó a contestar la demanda y el magistrado lo declaró rebelde. El juez tuvo por probados tanto el contrato como los pagos y concluyó que el proveedor no demostró haber cumplido con las obligaciones que había asumido.

Para el magistrado, el caso no se trataba de una simple demora en la entrega. También pesó la falta de información sobre el estado del trabajo, los reclamos repetidos y el silencio frente a la intimación formal.

Según el fallo, “la indiferencia del proveedor frente a los requerimientos de los consumidores” configuró un “menosprecio objetivo” hacia ellos que “excede el mero incumplimiento patrimonial” y afectó “su tranquilidad, confianza y dignidad como contratantes”.

Con ese argumento, la sentencia ordenó la devolución de lo abonado y reconoció además una reparación por el daño moral provocado por la incertidumbre, las demoras y la necesidad de llegar hasta la Justicia.

Daño punitivo: la sanción extra

El fallo aplicó también daño punitivo, una figura prevista en la legislación de defensa del consumidor para conductas de especial gravedad. El juez consideró que el carpintero recibió los pagos y luego no dio respuestas pese a las consultas insistentes, y sumó a eso su ausencia en el juicio.

Esas circunstancias revelaron, a criterio del magistrado, una conducta “desaprensiva frente a los derechos de los consumidores” y una “clara violación a los principios de confianza, transparencia, información y trato digno que deben regir las relaciones de consumo”.

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