Zona Fría: el recargo que llega a todas las facturas de gas y quién lo cobra ahora
El Gobierno reglamentó el nuevo esquema de subsidios al gas y las distribuidoras dejaron de tener un rol clave en el manejo de la plata: ahora solo facturan e informan. El recargo que llega a todas las boletas del país y el detalle que cambia para los usuarios de la Patagonia.
El Poder Ejecutivo puso en marcha el nuevo esquema de subsidios al gas mediante el Decreto 1266/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial. La norma reglamenta la Ley 27.828 y ordena el funcionamiento del Fondo Fiduciario de Consumos de Gas, con un cambio clave: las distribuidoras dejan de manejar la plata.
Para la Patagonia, la noticia central es que el régimen de Zona Fría sigue vigente. El texto ratifica la continuidad de los beneficios en la Región Patagónica, la Puna y el departamento mendocino de Malargüe.
Qué dice el decreto sobre el fondo
La reglamentación adecua la Ley 25.565 de Presupuesto y la Ley 27.637, y deroga el Decreto 486/21. También dispone la firma de un nuevo contrato fiduciario con el Banco Nación, que no implica la liquidación ni la extinción del fondo existente: se garantiza su continuidad jurídica, patrimonial y operativa hasta el 31 de diciembre de 2031.
El recargo de hasta 7,5% que se paga en todo el país
El financiamiento se mantiene con un recargo de hasta el 7,5% sobre el precio del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), por cada metro cúbico de 9.300 kilocalorías.
El cargo alcanza a la totalidad de los metros cúbicos consumidos o comercializados por redes o ductos en el país. Las únicas excepciones son el gas destinado a la exportación —natural o GNL— y el gas inyectado al sistema que proviene de GNL importado y regasificado.
Los productores e importadores de gas natural quedan designados como agentes de percepción. Deberán incluir el ítem discriminado en sus facturas con la leyenda “Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas, artículo 75 de la Ley Nº25.565”.
La recaudación y fiscalización mensual pasa a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). Los agentes tendrán que presentar sus declaraciones juradas dentro de los primeros cinco días de cada mes.
Los tres destinos del fondo
El Fondo Fiduciario tiene tres aplicaciones excluyentes. La primera es el pago directo a las empresas proveedoras por ventas de gas natural y Gas Licuado de Petróleo (GLP) por redes a distribuidoras en la Región Patagónica, Malargüe y la Puna.
La segunda es la bonificación adicional por Zona Fría bajo el Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados (SEF), sobre consumos base de usuarios residenciales y servicio general en zonas abastecidas por propano indiluido.
La tercera alcanza al gas envasado: subsidios a la venta de cilindros, garrafas o GLP a granel en las provincias de las regiones beneficiadas.
Quiénes dejan de recibir el beneficio automático
A nivel nacional, el cambio afecta a 3,35 millones de usuarios que dejarán de percibir el beneficio automático. En la provincia de Buenos Aires la medida alcanza a 94 municipios, entre ellos 25 de Mayo, 9 de Julio, Adolfo Alsina, Ayacucho, Azul, Bahía Blanca, Balcarce, Bragado, Cañuelas, Carmen de Areco, General Pueyrredón, Junín, La Costa, Lincoln, Marcos Paz, Mercedes y Monte Hermoso.
También quedan excluidos Necochea, Olavarría, Pehuajó, Pergamino, Pilar, Pinamar, Rauch, Saladillo, San Andrés de Giles, San Antonio de Areco, San Nicolás, San Pedro, Suipacha, Tandil, Tapalqué, Tornquist, Trenque Lauquen, Tres Arroyos y Villa Gesell, entre otros.
En Córdoba salen del régimen departamentos del centro y sur provincial como Río Cuarto, Juárez Celman, General Roca, Presidente Roque Sáenz Peña, Tercero Arriba, Calamuchita, Santa María y San Alberto. En Santa Fe los municipios afectados están en el sur: Rosario, Venado Tuerto y Casilda, entre otros. San Luis, en tanto, queda completamente fuera de la zona contemplada.
El cambio de rol para las distribuidoras
El nuevo régimen establece que las empresas distribuidoras y subdistribuidoras no percibirán ni administrarán los fondos de subsidio. Su función queda acotada a ser agentes de aplicación en la facturación del usuario final y a actuar como informantes para la liquidación. Los desembolsos se acreditarán directamente a las empresas proveedoras de gas.
Respecto del contrato entre el Ministerio de Economía y el Banco Nación, el decreto determina que no se alteran los créditos, obligaciones ni acreencias previas del fondo. El Banco Nación administrará los recursos sin cobrar honorarios, pero recuperando los costos y expensas operativas justificadas.
Además, la liquidez no utilizada podrá colocarse transitoriamente en Letras del Tesoro, Letras del Banco Central o plazos fijos en bancos oficiales, a plazos no mayores a un año.