Walter Bento dormirá en su casa los fines de semana: la Justicia dijo qué pasó con la prisión domiciliaria

Su defensa pedía que cumpliera la condena en su casa y parecía encaminado: el tribunal reconoció un cambio sustancial en la situación familiar. Sin embargo, la prisión domiciliaria quedó rechazada y el exjuez solo sumó un permiso acotado. ¿De viernes a cuándo?

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Walter Bento dormirá en su casa los fines de semana: la Justicia dijo qué pasó con la prisión domiciliaria
Walter Bento dormirá en su casa los fines de semana: la Justicia dijo qué pasó con la prisión domiciliaria

El Tribunal Oral Federal N°2 de Mendoza le amplió el régimen de salidas al exjuez federal condenado a 18 años de cárcel. Podrá dejar el Complejo Penitenciario Federal VI los viernes por la mañana y regresar los lunes a las 14. Sin embargo, el mismo tribunal rechazó de plano el pedido de prisión domiciliaria que había presentado su defensa, en una resolución que calificó el beneficio como "excepcional, provisional y esencialmente revisable".

Qué pidió la defensa y por qué

El planteo de los abogados de Walter Bento se apoyó en dos ejes: el agravamiento de la salud de su esposa, Marta Boiza, y las necesidades de su hijo F. B., un menor con discapacidad severa y dependencia funcional.

La solicitud fue acompañada por el Defensor Público de Menores e Incapaces. Enfrente, el Ministerio Público Fiscal se opuso a conceder la prisión domiciliaria: sostuvo que el hijo de Bento ya contaba con una estructura asistencial estable, con cuidadoras las 24 horas, prestaciones profesionales, tratamientos, concurrencia a un centro de día y transporte adaptado.

Para la Fiscalía, ese esquema alcanzaba para garantizar las necesidades materiales y terapéuticas del menor sin necesidad de modificar por completo el régimen de detención. El tribunal, en cambio, evaluó que la situación familiar había cambiado de manera objetiva y relevante.

La salud de Boiza, el punto que inclinó la balanza

El estado de la esposa de Bento fue determinante. Según la prueba incorporada al expediente, Boiza necesita asistencia permanente, no puede desenvolverse por sí misma y no está en condiciones de cuidar a otra persona.

Durante la audiencia declaró su médico tratante, quien explicó que la paciente no mostró una evolución favorable después de distintas intervenciones quirúrgicas. El informe médico describió un cuadro complejo, con necesidad de asistencia incluso para actividades básicas y un pronóstico que sigue siendo incierto.

El tribunal subrayó un dato clave: la mujer, que históricamente había cumplido un rol central en el cuidado de su hijo, ya no puede sostener esa responsabilidad. La resolución distingue dos planos. Por un lado, F. B. cuenta efectivamente con asistencia material y profesional. Por otro, la presencia de sus padres tiene para él una dimensión afectiva que no puede ser reemplazada automáticamente por una cuidadora.

La prueba testimonial reforzó ese argumento. Una de las personas que participa a diario de los cuidados del menor describió ante el tribunal la relación particular que mantiene con su padre y la reacción que provoca en él su presencia.

Qué resolvió el tribunal

Aunque los jueces reconocieron un cambio sustancial en las circunstancias familiares, no hicieron lugar al pedido de prisión domiciliaria en los términos solicitados por la defensa. En lugar de eso, optaron por ampliar el régimen de vinculación presencial que ya regía.

La resolución es explícita: Bento seguirá alojado en el establecimiento penitenciario durante una parte sustancial de la semana y solo podrá permanecer en su domicilio durante un período determinado. El tribunal calificó la medida como "excepcional, provisional y esencialmente revisable" y aclaró que no genera ningún derecho adquirido a su continuidad.

El esquema de salidas, día por día

Bento podrá salir del Complejo Penitenciario Federal VI los viernes por la mañana y trasladarse a su domicilio familiar, donde permanecerá hasta el lunes a las 14. Ese día deberá regresar al penal.

Durante las horas autorizadas deberá quedarse en la casa, salvo que exista una autorización judicial expresa. Además, continuará sujeto a las condiciones de conducta, control, supervisión y comunicación ya vigentes.

El tribunal ordenó que los traslados entre el penal y la vivienda los realice personal del Servicio Penitenciario Federal. A eso se suma un mecanismo de vigilancia: Gendarmería Nacional deberá efectuar rondas de control aleatorias, en días y horarios no predeterminados, para comprobar que Bento cumpla con las condiciones impuestas.

El fallo también dispuso evaluar la posibilidad técnica de colocarle un dispositivo electrónico de geolocalización durante los períodos que pase en el domicilio.

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