Vuelve la pulseada por los cuidacoches: el Senado define si los prohíbe o los regula
El Senado santafesino define si prohíbe a los cuidacoches o solo sanciona las conductas intimidatorias. ¿Qué versión se impondrá?
Esta semana, la Legislatura santafesina define el futuro de los cuidacoches. El Senado tiene sobre la mesa un proyecto que modifica el Código de Convivencia y debe decidir si acepta los cambios de Diputados o insiste con su versión original, más dura. La diferencia es clave: prohibición total versus regulación de conductas intimidatorias.
¿Qué votó el Senado?
La media sanción original, impulsada por el senador Ciro Seisas (departamento Rosario) y consensuada con el gobierno provincial, apuntaba a prohibir la actividad de cuidacoches en la vía pública. Incorporaba el artículo 66 bis al Código de Convivencia, con sanciones para quienes ofrecieran o exigieran dinero a cambio de cuidar, lavar o permitir estacionar vehículos en espacios públicos, sin autorización y en lugares donde estuviera prohibido por normativa local.
Las penas incluían trabajo comunitario de 2 a 10 días para la primera infracción, prohibición de concurrencia al lugar y arresto de 10 a 20 días en caso de reincidencia. Además, contemplaba agravantes que duplicaban las sanciones: violencia, amenazas, actividad en zonas de estacionamiento medido, cerca de eventos masivos, en horario nocturno, en zonas sensibles (escuelas, bancos, edificios públicos) o aprovechando situaciones de vulnerabilidad. También preveía penas más severas si la actividad era organizada por dos o más personas, con arresto de 10 a 20 días y posibilidad de agravamiento para organizadores o coordinadores.
¿Qué cambió Diputados?
La Cámara baja aprobó su versión el 4 de junio, con 25 votos a favor, 17 en contra y una abstención, con apoyo del oficialismo. El cambio central fue el enfoque: ya no se prohíbe la actividad en sí, sino que se sanciona a quienes “exijan o requieran de manera intimidatoria” una retribución económica por estacionar o cuidar vehículos. Además, condicionó las sanciones a dos requisitos: que la actividad se realice sin autorización y en lugares donde exista una prohibición local vigente. Esto deja en manos de cada municipio la decisión de regular o prohibir.
La sanción principal es la prohibición de concurrencia al lugar por hasta 60 días, que puede extenderse de 60 a 120 días si ocurre en zonas de estacionamiento medido, cerca de eventos masivos o si hay aprovechamiento de desigualdades de género, edad o discapacidad. También se permite reemplazar la sanción por trabajo comunitario si hay acuerdo entre las partes o lo dispone un juez. Para los organizadores, se prevé arresto de hasta 10 días y prohibición de concurrencia por hasta 240 días.
El reclamo de las ciudades
Seisas cuestionó que Diputados no haya tenido suficientemente en cuenta a los municipios, que pedían una ley marco provincial. Mencionó a Rosario, Villa Gobernador Gálvez, Santa Fe, Rafaela, Santo Tomé, Reconquista, San Lorenzo y Venado Tuerto. La versión de Diputados, en cambio, da a los gobiernos locales un rol central: la acción pública contravencional será ejercida exclusivamente por el municipio donde ocurra el hecho, y podrán pedir intervención policial para desalojar a los infractores.
Abordaje social y nuevos cargos judiciales
Diputados incorporó un capítulo de abordaje social que obliga al Poder Ejecutivo provincial a implementar acciones de prevención e inclusión para los cuidacoches, con capacitación, formación en oficios, intermediación laboral y asistencia en salud mental y consumos problemáticos. También insta a los municipios a desarrollar programas similares.
Pero un punto que generó ruido político fue la creación de dos nuevos cargos de jueces de primera instancia, uno en Rosario y otro en Santa Fe, para integrarlos a los Colegios de Jueces Penales. La oposición consideró que una ley contravencional no debería modificar la estructura del Poder Judicial.
¿Solución mágica?
Seisas pidió cautela: “Hay que ser cautos: si la ley se aprueba, de ninguna manera viene a resolver 30 años una norma de siete artículos”. Planteó que, una vez sancionada, deberá complementarse con convenios entre municipios y Provincia para ordenar los controles y avanzar en inclusión gradual. Y resumió: “Solamente cuando lleguemos al día en que vayas a un recital y no te cobren, vayas a la cancha y no te aprieten o pares en un semáforo y no intimiden a hombres y mujeres, vamos a poder decir que empezamos a arreglar el tema”.