Vidal firma un decreto que pone a Santa Cruz en el mercado de capitales: la cifra que autorizó
El gobernador Claudio Vidal firmó el decreto que habilita a Santa Cruz a salir al mercado de capitales por hasta $450.000 millones. El texto reserva un punto clave: qué recursos provinciales quedan como respaldo de la operación.
El gobernador Claudio Vidal firmó el Decreto N° 0924, con fecha del 5 de septiembre de 2026 y publicado el 24 en el Boletín Oficial, que crea el “Programa de Títulos Públicos en el Mercado Local de Capitales de la Provincia de Santa Cruz” por un monto de hasta $450.000 millones.
Según la norma, los fondos que se obtengan de cada emisión tendrán un destino exclusivo: los fines previstos en el artículo 1° de la Ley N° 3695. El programa habilita la emisión de distintas series y/o clases de títulos públicos.
Qué puede hacer Economía
El decreto aprueba los términos generales del programa y deja en manos del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura la definición de las condiciones de cada emisión, siempre dentro del marco normativo.
La cartera económica podrá resolver la conveniencia y oportunidad de cada colocación, fijar la tasa de interés, la tasa de corte, el margen, el plazo y el precio de emisión. También tendrá la potestad de establecer las condiciones particulares de cada operación y de declarar total o parcialmente desiertas las licitaciones.
Colocación y estructuración
El Ministerio quedó facultado para gestionar la estructuración, emisión y colocación de los títulos, lo que incluye contratar agentes colocadores, asesores legales y calificadoras de riesgo. Podrá sumar organizadores, estructuradores y colocadores, y realizar las acciones necesarias para la emisión, el registro y el pago de los instrumentos.
La norma contempla además la posibilidad de pedir el listado y/o la negociación de los títulos en uno o varios mercados autorizados de la República Argentina. La cartera económica deberá dictar las disposiciones reglamentarias, aclaratorias, interpretativas o complementarias para instrumentar el programa, y adoptar las decisiones propias de las prácticas habituales del mercado de capitales.
La garantía que compromete Coparticipación
Uno de los puntos centrales del decreto es la autorización para ceder en garantía recursos del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, establecido por la Ley N° 23.548, correspondientes a Santa Cruz. La cesión podría alcanzar también al régimen que eventualmente reemplace al actual esquema de coparticipación, según lo que disponga la resolución del Ministerio de Economía que apruebe cada llamado a licitación.
En el plano presupuestario, el decreto ordena al Ministerio de Economía realizar las modificaciones necesarias para registrar el ingreso de los recursos de las emisiones e incorporar los créditos para atender las obligaciones del servicio de la deuda pública.
Los gastos de las emisiones, las contrataciones asociadas y los intereses devengados se imputarán a la Jurisdicción 90 – Servicio de la Deuda Pública del SAF 355 – Deuda Pública, según la naturaleza de cada erogación.