Veda Electoral en Vigencia: Restricciones y Prohibiciones en las Elecciones

Este viernes marcó el inicio de la veda electoral en todo el país, en anticipación a las elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) que se llevarán a cabo el próximo domingo 13 de agosto. Con el propósito de garantizar un ambiente de calma y equidad en el proceso democrático, la ley establece una serie […]

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Este viernes marcó el inicio de la veda electoral en todo el país, en anticipación a las elecciones Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) que se llevarán a cabo el próximo domingo 13 de agosto.

Con el propósito de garantizar un ambiente de calma y equidad en el proceso democrático, la ley establece una serie de restricciones y prohibiciones que rigen durante este período.

La veda electoral, reglamentada en el Código Nacional Electoral, abarca diversas actividades, incluyendo la venta de alcohol. Según el artículo 71 de dicho código, la venta de bebidas alcohólicas está prohibida desde las 20 horas del sábado hasta las 21 horas del domingo. Esta restricción busca evitar situaciones que puedan afectar la transparencia y el orden en el desarrollo de las elecciones.

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El artículo 136 del Código Nacional Electoral complementa esta disposición al establecer sanciones para quienes violen la prohibición de expendio de alcohol. Quienes vendan bebidas alcohólicas desde doce horas antes del inicio del acto electoral hasta tres horas después del cierre, podrían enfrentar penas de prisión de quince días a seis meses.

Restricciones para candidatos y votantes

Además de la restricción en la venta de alcohol, existen otras actividades que están prohibidas tanto para candidatos como para votantes durante la veda electoral, de acuerdo al artículo 71 del Código Nacional Electoral:

  1. Realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral desde el viernes previo a la votación.
  2. Ofrecer o entregar boletas de sufragio a los electores dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos.
  3. Publicar y difundir encuestas o sondeos preelectorales desde el viernes.
  4. Organizar espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, así como reuniones públicas no relacionadas con el acto electoral.
  5. Abrir organismos partidarios dentro de un radio de 80 metros del lugar donde se instalan las mesas de votación.
  6. Portar armas, banderas, distintivos o insignias partidarias desde el sábado hasta las 21 horas del domingo.

Estas restricciones y prohibiciones buscan garantizar la integridad del proceso electoral, evitando la influencia indebida en la decisión de los votantes y promoviendo un entorno de equidad y respeto en las elecciones.

Con la veda electoral en vigencia, se espera que los ciudadanos y candidatos respeten estas normativas y contribuyan a la realización de unas elecciones transparentes y justas.

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