Urribarri llega al juicio oral: la defensa pelea por una pericia clave que define la causa
La causa por enriquecimiento ilícito contra el exgobernador entró en su etapa decisiva: fiscales y defensores cerraron qué pruebas se verán en el juicio oral, pero hay una pericia contable que la defensa no piensa dejar pasar y que podría cambiar el rumbo del debate.
En los tribunales de Paraná se realizó este lunes una audiencia en la que fiscales y defensores acordaron la prueba documental que se debatirá en el juicio oral y público contra el exgobernador Sergio Daniel Urribarri —alojado en la cárcel de Gualeguaychú— y el empresario Diego Armando Cardona Herreros. La causa investiga el presunto delito de enriquecimiento ilícito de funcionario público y la fiscalía pide 10 años de prisión para el exmandatario.
La reunión tuvo carácter informativo. Por el Ministerio Público Fiscal estuvieron Juan Francisco Ramírez Montrull y Gonzalo Badano; por la defensa, Miguel Ángel Cullen (por Urribarri) y José Velázquez (por Cardona Herreros).
Cómo se ordenó el material probatorio
Badano fue el encargado de exponer la organización de las pruebas y de separar dos grupos: la documentación que se incorporará directamente, sin necesidad de testigos, y la que exigirá certificación testimonial, como los informes contables.
El primer bloque, integrado por las pruebas 1 a 96, entrará sin citación de testigos. Reúne informes institucionales y bancarios enviados por la ex AFIP, el Banco de Entre Ríos (BERSA), Banco Macro, la Inspección General de Justicia (IGJ), Banco Provincia, Banco Itaú, Banco Galicia, Banco Comafi, BBVA Francés y Banco Credicoop. Cada pieza está vinculada a Urribarri y su familia, y también al empresario y sus negocios.
A ese conjunto se suman certificaciones de ANSES y del Registro Nacional de las Personas (RENAPER), las declaraciones juradas patrimoniales del exgobernador, informes de la Contaduría General de la Provincia, del Instituto del Seguro, de Sancor Seguros y de los Registros de Propiedad Inmueble de Buenos Aires y Capital Federal. También hay reportes internacionales de la Compañía Panameña de Aviación (Copa Airlines), de la Cancillería, de Asuntos Internacionales de la Policía Federal, de Interpol y de Migraciones, entre otros organismos.
La prueba 97, en cambio, requerirá testigos. Después, desde la 98 hasta la 129, vuelve la incorporación directa: allí aparecen informes de Registros Automotores de Paraná, Olivos, Zárate, Concordia, Viale, Gualeguaychú y Diamante; actas de declaraciones de imputados de 2023 de Urribarri, Cardona y Rubén Ángel Martínez (quien salió de la causa con una probation); correos de personal de Relevamientos Catastrales, la firma de Cardona Herreros; oficios de empresas telefónicas, OSER, Redengas, la UCA y el Senado provincial, además de informes de Boca Juniors y River Plate.
Las piezas que la defensa no quiere dejar pasar
El acuerdo fue mayoritario sobre la documentación institucional, pero los abogados de los imputados presentaron oposiciones a una parte del ofrecimiento fiscal. La controversia alcanza las pruebas 130 a 149, que son informes técnicos elaborados por personal del Ministerio Público Fiscal, entre ellos los firmados por el ingeniero Guillermo Fritz.
Las defensas también rechazaron la incorporación directa de la prueba 258: el informe pericial contable de los peritos oficiales Romina V. Stepanic Pouey y Cristián Dumé. Esa pieza es el eje sobre el que se arma la acusación patrimonial, por lo que los defensores reclaman discutir su contenido y su metodología durante el debate oral.
Qué sostiene la acusación
La investigación abarca el desempeño de Urribarri entre el 1 de enero de 2008 y el 31 de diciembre de 2015, cuando fue gobernador de Entre Ríos y luego diputado provincial. La hipótesis fiscal afirma que incrementó su patrimonio de manera desproporcionada e injustificada respecto de sus ingresos legítimos, y por eso pide 10 años de cárcel.
De acuerdo con la pericia de Stepanic Pouey y Dumé, el enriquecimiento no justificado que se le atribuye al exgobernador llega a $11.546.772,05 —en la causa también figura como $11.546.740,92—, u$s 7.245.441,02 y €16.300,00. Para la fiscalía, Urribarri se habría valido de Cardona Herreros y de Rubén Ángel Martínez (que resolvió su situación en juicio abreviado) como personas interpuestas o testaferros para ocultar su patrimonio real y manejar sus activos. A Cardona Herreros, imputado como partícipe secundario, se le atribuye haber colaborado en la cobertura de un monto no justificado de $8.673.275,42, u$s 7.155.783,71 y €14.100,00.
La elevación a juicio y los cuestionamientos de la defensa
El avance procesal se apoya en la resolución del miércoles 28 de octubre del juez de Garantías de Paraná, Mariano Budasoff, que abrió el juicio oral contra Urribarri (autor) y Cardona Herreros (partícipe secundario) y rechazó los planteos de nulidad y de readecuación del hecho presentados por la defensa. Para el magistrado, la acusación precisó bien los interrogantes sobre qué, quién, cuándo, cómo, dónde y para qué.
Las defensas, sin embargo, mantuvieron objeciones de peso. Señalaron diferencias entre los montos del relato fáctico de la fiscalía y los datos de la pericia contable, lo que a su criterio afecta el derecho de defensa. También cuestionaron que el análisis fiscal haya mirado las variaciones patrimoniales de cada ejercicio anual por separado, sin considerar que los saldos de un período inciden en el siguiente.
Por último, la defensa de Urribarri objetó que se le atribuyan automáticamente al exgobernador bienes y gastos de todo su grupo familiar, y pidió desglosar la situación económica de cada integrante, con especial atención a los ingresos propios que generó su hijo Bruno Urribarri durante su carrera como futbolista profesional en clubes de Argentina y Grecia.