Una periodista de Puerto Deseado recibió dos cartas documento y FOPEA salió a respaldarla
Un abogado del sindicato STIA le envió dos cartas documento a la periodista Marina Pacheco para que se retractara de supuestos dichos que ella niega haber pronunciado. FOPEA no dudó: salió a respaldarla y advirtió que la maniobra es censura previa.
El Foro de Periodismo Argentino (FOPEA) calificó como inconstitucional, abusiva e intimidante la ofensiva judicial que un abogado del sindicato STIA desplegó contra la periodista Marina Pacheco, especializada en temas portuarios y pesqueros del medio Mar y Pesca, con sede en Puerto Deseado, Santa Cruz.
La entidad que nuclea a periodistas de todo el país se pronunció tras conocerse que Pacheco recibió dos cartas documento enviadas por Fabricio Carbone Miele, quien se presenta en esas comunicaciones como "actual y único asesor legal" del Sindicato de Trabajadores de Industrias de la Alimentación (STIA), delegación Puerto Deseado.
El origen de la primera intimación
El primer requerimiento nació de una visita que la periodista hizo a la sede sindical, donde se entrevistó con David Neira, integrante o colaborador del gremio, en el marco de una investigación periodística sobre despidos y presuntos manejos entre representantes sindicales y una empresa pesquera que opera en la localidad.
Según el relato de FOPEA, ese encuentro tuvo carácter de fuente para la investigación. Sin embargo, Carbone Miele sostiene en su carta documento que durante ese diálogo Pacheco habría hecho comentarios que lo involucraban directamente en supuestos "arreglos" y actuaciones clandestinas vinculadas con trabajadores despedidos.
La periodista no habló con el abogado —que no estaba en la sede gremial durante su visita— ni publicó nada al respecto. Además, negó haber manifestado las afirmaciones que la carta documento le atribuye.
Qué le exigió el abogado
Carbone Miele intimó a Pacheco a ratificar o rectificar los supuestos dichos en un plazo de 48 horas y le exigió "cesar y abstenerse" de reiterar, reproducir, transmitir, publicar o difundir por cualquier medio esas imputaciones o cualquier afirmación equivalente.
Para FOPEA, esa intimación configura censura previa, una conducta especialmente vedada por la Constitución Nacional y los tratados internacionales, porque busca impedir anticipadamente la difusión de determinada información bajo la advertencia de eventuales acciones civiles y penales.
La segunda carta documento
En septiembre, Pacheco recibió una segunda carta documento del mismo abogado. En ese texto, Carbone Miele sostuvo que había vencido el plazo de 48 horas sin que la periodista hubiera formulado respuesta, ratificación o rectificación, por lo que dio por "agotada la instancia extrajudicial".
El abogado reiteró la intimación a "cesar y abstenerse" de reproducir, transmitir, publicar o difundir las imputaciones cuestionadas, mantuvo la reserva de iniciar acciones civiles y penales y dio por cerrado el intercambio epistolar.
El respaldo legal que invoca FOPEA
La legislación nacional ampara no solo la libertad de expresar ideas y opiniones sino, especialmente, la realización de una investigación periodística sobre temas de interés público, con protección del derecho a mantener en reserva las fuentes de información.
Además, prohíbe la censura previa y solo prevé para las publicaciones periodísticas acciones posteriores, con las limitaciones que establecen las leyes y la jurisprudencia vigente.
FOPEA se solidarizó con la colega Marina Pacheco, instó al abogado Carbone Miele a abstenerse de accionar contra el marco jurídico que protege la libertad de expresión y pidió a las autoridades judiciales de Santa Cruz que den garantías para el normal ejercicio de la labor de informar.
La entidad recordó que las leyes que amparan al periodismo y, en especial, a la investigación sobre temas de interés público no son un privilegio sectorial, sino que fueron adoptadas para hacer posible que la comunidad reciba información completa, veraz y oportuna sobre los temas que le atañen.