Una jueza lo citó cara a cara y Zdero deberá explicar el proyecto que presentó por los docentes
El Gobierno chaqueño presentó un proyecto para cumplir con la Justicia, pero el texto no convenció a nadie. Ahora Zdero y su ministra deberán sentarse frente a frente con el sindicato docente: qué se juega en esa audiencia y por qué la Cámara habló de una "desinterpretación".
La Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones del Trabajo de Resistencia resolvió que el Gobierno de Chaco no cumplió con la orden judicial que lo obligaba a presentar un proyecto de ley con un mecanismo concreto de actualización salarial para los docentes. En la misma resolución, el tribunal citó al gobernador Leandro Zdero y a la ministra de Educación, Sofía Petcoff Naidenoff, a una audiencia de conciliación obligatoria fijada para el jueves 29 de octubre a las 10.
El fallo lo firmaron las juezas Silvia Suárez y Silvana Gómez el 16 de octubre. Se dictó dentro del amparo que la Federación de Sindicatos de la Educación del Chaco presentó contra el Ministerio de Educación y el Gobierno provincial. Según informó el medio LITIGIO, la Cámara actúa como órgano de ejecución de la sentencia del Superior Tribunal de Justicia (STJ) chaqueño, que había ordenado fijar un mecanismo de actualización de los haberes docentes.
El origen del conflicto
El eje del litigio es la eliminación de la cláusula gatillo, el mecanismo que ajustaba los salarios cada trimestre según el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Ese sistema dejó de aplicarse en junio de 2025.
En mayo, a través del Resolutorio 103, la Cámara ya había intimado al Poder Ejecutivo a mandar a la Legislatura, en un plazo de 30 días hábiles, un proyecto de ley que incorporara el mecanismo de actualización previsto en el artículo 47 de la Ley 647-E. La intimación incluía la posibilidad de aplicar sanciones económicas en caso de incumplimiento.
La respuesta del Gobierno y el rechazo sindical
El 22 de septiembre, la Provincia informó que había cumplido con la manda judicial y que había presentado el Proyecto de Ley 2331/26, impulsado por Zdero un día antes. También justificó la demora en los plazos procesales y de control del texto, y reclamó que se dejara sin efecto una resolución previa y se levantaran las sanciones conminatorias, conocidas como astreintes.
La Federación de Sindicatos de la Educación del Chaco rechazó la iniciativa y pidió que las sanciones se agravaran, incluso extendiendo responsabilidades al gobernador y a la ministra de Educación.
Para el sindicato, la obligación judicial no se agotaba en presentar un proyecto: exigía fijar una herramienta concreta para actualizar los salarios. También objetó que la propuesta oficial prohíba la indexación automática, que no establezca plazos de recomposición, que empiece a regir recién en 2027 y que no contemple la devolución de los montos que los docentes dejaron de cobrar.
Qué observó la Cámara en el texto oficial
El tribunal acompañó los cuestionamientos centrales. Señaló que, si bien el artículo 1° del proyecto anuncia una cláusula de actualización salarial, el texto no fija una fórmula específica ni determina el índice o valor de ajuste que se aplicaría durante 2027.
Según la resolución, la iniciativa del Ejecutivo se limita a enumerar principios generales y a plantear evaluaciones periódicas atadas a variables como los recursos de coparticipación, la recaudación provincial, la inflación y otras condiciones fiscales. Las eventuales actualizaciones quedarían supeditadas a la disponibilidad de fondos y a los lineamientos macroeconómicos que comunique el Gobierno nacional.
Las juezas también pusieron la lupa en el artículo 7° del proyecto, que prohíbe la indexación automática y establece que los incrementos no estarán vinculados exclusivamente a índices inflacionarios. Y en el artículo 10, que dispone que la norma comenzaría a regir en el ejercicio 2027, una vez reglamentada por el Poder Ejecutivo.
Para la Cámara, esas disposiciones no se corresponden con el artículo 47 del Estatuto Docente, al que vinculó con la garantía de intangibilidad salarial contemplada en el artículo 87 de la Constitución provincial. La resolución calificó la interpretación oficial como una “desinterpretación” de lo ordenado judicialmente.
Audiencia y sanciones pendientes
Antes de decidir si mantiene o agrava las astreintes, el tribunal consideró necesario abrir una instancia de diálogo por el impacto del conflicto sobre el conjunto de los trabajadores de la educación.
Por eso convocó la audiencia de conciliación obligatoria para el jueves 29 de octubre a las 10, con la presencia de Zdero, la ministra Naidenoff y un representante de la Fiscalía de Estado. Los funcionarios podrán concurrir en persona o designar representantes con facultades suficientes para tomar decisiones.