Una diputada vio un video de un comercio de Chajarí y lo denunció: qué mostró
Política · Entre Ríos

Una diputada vio un video de un comercio de Chajarí y lo denunció: qué mostró

Un video difundido por un comercio de Chajarí empezó a circular y, en menos de un día, ya estaba denunciado ante el STJER. Una diputada lo vio y no dudó: para ella, esas bolsas negras y esos cuerpos ocultos no son un chiste.

La diputada Marclay presentó una comunicación ante la oficina de violencia de género del STJER por un video difundido por un comercio de Chajarí. Sostiene que el material remite a violencia extrema y podría encuadrarse en la ley nacional de protección contra las mujeres.

El material se conocía desde hacía menos de un día cuando la reacción tomó forma institucional. A primera hora del miércoles, la legisladora presentó la comunicación en el sistema del tribunal. Para ella, lo que se ve en el video no es un chiste inocente.

“No se trata de una imagen inocua”, disparó la diputada, según quedó plasmado en la presentación.

Bolsas negras y cuerpos ocultos: qué señaló la denuncia

La denuncia apunta a los elementos que aparecen en el video. Las bolsas negras, los cuerpos ocultos, los secuestros y las desapariciones no son, a su criterio, recursos neutros ni simples disparadores de humor.

Para Marclay, esos símbolos remiten a violencia extrema y atraviesan a la sociedad en su conjunto. La denunciante los vincula directamente con las violencias ejercidas contra las mujeres, y por eso consideró que el contenido no podía quedar sin respuesta institucional.

Qué dice la ley que se invoca

El punto jurídico es el más sensible de la presentación. La comunicación del comercio podría haber incurrido en infracciones a la Ley 26.485, la norma que protege a las mujeres contra la violencia.

En concreto, la denuncia señala dos modalidades: violencia simbólica y violencia mediática. Ambas aparecen contempladas en los artículos 5 y 6 de esa ley nacional.

Marclay también recordó que Entre Ríos tiene su propio piso normativo. La Ley provincial 10.956, en su artículo 4, incorpora expresamente la violencia mediática dentro del régimen de protección provincial.

Sin embargo, la diputada fue cauta: advirtió que la calificación jurídica definitiva dependerá del análisis integral del contenido, del contexto, de las imágenes y del mensaje que transmite el video.

El límite que marcó la propia denunciante

La legisladora no pidió una condena anticipada. Marcó un límite procesal claro: para aplicar la Ley 26.485 tiene que existir una conducta basada en razones de género.

No alcanza con señalar una imagen suelta. Según su planteo, hay que analizar el conjunto, el contexto y el efecto que ese contenido produce en la sociedad.

Dónde va a tramitarse

El trámite tiene un destino definido. El sistema de recepción de denuncias por violencia de género del STJER dispone remitir la presentación a los juzgados de la localidad donde se habría producido el hecho.

En este caso, la remisión apunta a Chajarí. Allí correrá la primera etapa del análisis, con la mirada puesta en el contenido y en el contexto del material difundido por el comercio.

La denuncia no condena a nadie todavía. Pero deja instalada una pregunta incómoda: hasta qué punto una comunicación comercial puede disfrazar de humor lo que, en la práctica, normaliza la violencia contra las mujeres. El caso entra al circuito judicial y obliga a revisar con lupa el lenguaje, las imágenes y el mensaje.

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