Una afiliada a la OSER logró que la Justicia le ordene cubrir el 70% de su medicación

La OSER le ofrecía apenas el 40% de la medicación a una paciente con endometriosis profunda. La Justicia le dio la razón a la mujer, pero el fallo tiene una letra chica que indigna.

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Una afiliada a la OSER logró que la Justicia le ordene cubrir el 70% de su medicación
Una afiliada a la OSER logró que la Justicia le ordene cubrir el 70% de su medicación

El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJ) ordenó a la Obra Social de Entre Ríos (OSER) que cubra el 70% del costo del medicamento Dienogest que necesita una afiliada de 41 años con endometriosis profunda. La decisión, que se conoció este viernes, le da a la obra social un plazo de dos días hábiles para garantizar la cobertura durante los próximos seis meses, tal como indicó la médica tratante.

La medida surge del amparo presentado por la mujer, identificada como M.C.D., quien reclamaba la cobertura total e ininterrumpida del fármaco. Según consta en la causa, la OSER había ofrecido cubrir solo el 40% del costo, una respuesta que la afiliada calificó de “arbitraria e ilegítima”.

El diagnóstico y el reclamo

La mujer, que padece endometriosis profunda, es atendida por la doctora Florencia Dettler, especialista en Tocoginecología. Los estudios médicos revelaron un cuadro complejo: engrosamiento fibrótico del peritoneo retrocervical con adherencias hacia asas ileales, fondo uterino adherido al peritoneo parietal anterior, hidrosalpinx en el anexo derecho y cambios heterogéneos en el miometrio, con sospecha de adenomiosis.

En su presentación ante la Justicia, la afiliada sostuvo que la negativa de la obra social a cubrir la medicación comprometía su derecho a la salud, a una vida digna y a la salud reproductiva.

El recorrido judicial

El reclamo llegó primero a primera instancia, donde la vocal de la Cámara de Casación Penal, Marcela Badano, lo rechazó al considerar que la OSER ya había dado una respuesta al ofrecer el 40% de cobertura. El dictamen del Ministerio Público Fiscal, a cargo de Mónica Carmona, también aconsejaba confirmar ese fallo.

Sin embargo, el STJ hizo lugar parcialmente al amparo. En su voto, la vocal Gisela Schumacher consideró que la postura de la obra social frente a un diagnóstico de enfermedad crónica “no solo es una afrenta a la salud de su afiliada” sino que además implica un “tratamiento estereotipado” que coloca a la mujer en desventaja por su condición de género. Schumacher señaló que la negativa contribuye a perpetuar la idea de que el dolor menstrual intenso es “mala suerte” o una “exageración” de la mujer.

La vocal también reconoció que, aunque el programa médico obligatorio debería cubrir el 100% de este tipo de enfermedades, no estaba en condiciones de legislar y propuso que la cobertura fuera del 70%. Su postura fue acompañada por los vocales Leonardo Portela y Claudia Mizawak.

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