Un vendedor ambulante se puso violento con los inspectores y terminó con una condena que no se parece a ninguna multa: el juez le pidió algo muy distinto. La historia que ya recorre las redes de Pocito.
En Pocito, la Justicia de Faltas dejó de ser una máquina de multas. El juez Sergio Martín Escamilla comenzó a aplicar “instrucciones especiales” para que quienes cometen una falta por primera vez reparen el daño con acciones concretas en la comunidad, en lugar de pagar una sanción económica.
La iniciativa se difundió en las últimas semanas a través de las redes sociales del Juzgado de Faltas y Convivencia de Pocito, con casos reales que muestran un costado poco conocido del sistema contravencional.
Qué son las instrucciones especiales
El Código de Faltas y Convivencia de Pocito establece que la misión del organismo no termina en sancionar, sino en garantizar la paz social y promover la educación cívica y la solidaridad. Bajo ese marco, el juez puede fijar reglas de conducta personalizadas para infractores primarios, es decir, personas sin antecedentes ni reincidencia.
Si el ciudadano cumple con la pauta, la acción contravencional queda extinguida. El mecanismo se parece a la probation del ámbito penal y apunta a evitar que la sanción sea un simple castigo económico.
“Las instrucciones especiales son reglas de conducta que tienen el propósito de actuar como factor de adecuación a la norma de quien ha resultado condenado por primera vez; al mismo tiempo operan como una oportunidad a fin de evitar la comisión en el futuro de nuevos ilícitos”, señala el Código de Faltas de Pocito.
Dos casos que ya son ejemplo
El primer episodio involucró a un comerciante ambulante que vendía juguetes de manera informal con gazebos en un espacio público de la Zona Norte de Pocito. Cuando los inspectores municipales le pidieron que se retirara, el hombre reaccionó con una actitud rebelde y violenta, lo que derivó en un acta por resistencia a la autoridad administrativa.
Al comprobar que no tenía antecedentes y que se presentó respetuosamente a la citación judicial, el Juzgado le fijó una instrucción particular: entregar juguetes didácticos para que sean distribuidos entre las escuelas de nivel inicial del departamento. Parte de esos elementos fueron destinados a la E.N.I. N.º 27 “Julio Cortázar”, lo que vinculó la falta con un beneficio directo para los alumnos.
El segundo caso tuvo que ver con la seguridad vial. Un conductor estacionó su camioneta de forma imprudente frente a un puente de una dependencia de Ambiente y Arbolado Público, y bloqueó por completo el ingreso y egreso de los vehículos de emergencia.
Como también era la primera infracción del conductor, el juez optó por una medida funcional: la donación de un cartel de señalización vial. El cartel se colocó junto al puente ubicado a la derecha del Concejo Deliberante, con lo que la falta no quedó impune y se dejó un recurso permanente para prevenir futuros incidentes.
Más allá de los casos puntuales
El repertorio de instrucciones es amplio y se adapta a cada situación. En casos de pequeñas quemas de basura o residuos verdes en la vía pública, por ejemplo, se fijaron donaciones de combustible para colaborar con los Bomberos Voluntarios de la zona.
El cambio más reciente pasó por la comunicación. Antes, las resoluciones quedaban guardadas en los expedientes; ahora se publican en las redes con una estrategia clara: educar y concientizar a los vecinos mediante el ejemplo.
“Hemos empezado a difundir en las redes los casos en que se aplicaron instrucciones para concientizar y educar, para que los vecinos vean que el objetivo no es recaudar fondos a través del cobro de multas, sino lograr una convivencia y una ciudad ordenada y limpia”, destacó el juez Escamilla.
La letra chica de la ley
El Código de Faltas y Convivencia de Pocito respalda estas medidas con artículos que consagran la convivencia social pacífica y obligan al Estado municipal a desarrollar políticas de educación cívica, campañas informativas, estímulos solidarios y convenios con entidades públicas y civiles.
El juez puede disponer la asistencia a cursos especiales, la participación en programas públicos o privados, donaciones y entrega de bienes o sumas de dinero. La única limitación es que la medida debe guardar relación directa con la falta cometida, las personas afectadas o la zona perjudicada.
La ley también prohíbe imponer instrucciones vejatorias, discriminatorias o que vulneren las convicciones íntimas o la privacidad del contraventor. Tampoco puede aplicarse más de una instrucción simultánea al mismo condenado.
El sistema no es laxo: si el ciudadano incumple la instrucción sin causa justificada, se le impondrá arresto a razón de un día por cada día de instrucción no cumplida, con un tope máximo de treinta días de privación de la libertad.
Con esta impronta, Pocito se diferencia dentro de la justicia de faltas municipal y apuesta a que la ley, combinada con creatividad institucional y sentido común, deje de ser un fin en sí mismo para convertirse en la base de una ciudadanía más madura, respetuosa y solidaria.