Un topógrafo sufrió un ACV a 4.500 metros en Pascua Lama y la Justicia falló algo inédito

Un topógrafo trabajaba a 4.500 metros en Pascua Lama cuando sufrió un ACV que lo dejó con una incapacidad del 76%. La Justicia laboral acaba de confirmar algo que casi nunca pasa en estos casos y que cambia las reglas para las mineras.

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Un topógrafo sufrió un ACV a 4.500 metros en Pascua Lama y la Justicia falló algo inédito
Un topógrafo sufrió un ACV a 4.500 metros en Pascua Lama y la Justicia falló algo inédito

La Sala 1 de la Cámara Laboral de San Juan confirmó que un ACV sufrido a 4.500 metros de altura debe considerarse un accidente de trabajo y ser indemnizado por la ART. El fallo, revelado por 0264 Noticias, sienta un precedente inédito para el sector minero.

El caso involucra a un topógrafo que en 2012 trabajaba en el proyecto Pascua Lama, operado por Barrick. El hombre sufrió un accidente cerebrovascular que le dejó una incapacidad laboral del 76%. La empresa minera quedó al margen del reclamo, pero la condena recayó sobre Experta ART S.A. (ex La Caja ART S.A.), que deberá pagar una suma millonaria tras más de una década de litigio.

Por qué el fallo cambia las reglas

Hasta ahora, los tribunales solían encuadrar los ACV como enfermedades inculpables o ajenas al trabajo. Esta resolución quiebra ese criterio y pone la lupa sobre los exámenes preocupacionales que hacen las empresas.

La pericia médica fue clave: el trabajador tenía una malformación arteriovenosa congénita, pero los factores extremos de la alta montaña actuaron como desencadenantes. La hipoxemia crónica (falta de oxígeno) y los bruscos cambios de presión atmosférica, bajo regímenes de 14 días de trabajo por 7 de descanso o de 9 por 5, activaron la afección.

Los jueces remarcaron que ni los exámenes de ingreso ni los seguimientos anuales detectaron esa condición preexistente. Sin esa constancia, la ley asume la dolencia como accidente laboral cubierto por la aseguradora. Incluso señalaron que, con estudios más precisos, el profesional no habría sido destinado a tareas de campo en alta cordillera.

La defensa de la ART y el monto

Experta ART intentó desestimar el reclamo argumentando que un derrame cerebral responde a predisposición genética o factores personales, y que el topógrafo no realizaba trabajos de fuerza física o peligro extremo. Los magistrados rechazaron esa postura y ponderaron el desgaste biológico que impone la altura.

El monto final no trascendió, pero se calcula que será elevado. La liquidación se basa en 53 veces el ingreso base actualizado, multiplicado por la edad del trabajador al momento del dictamen (65 años) y su porcentaje de incapacidad, más intereses y tasa activa.

El fallo de Cámara contó con el voto del juez Mariano Ibañez, al que adhirió Susana Raed, y con disidencia parcial de Guillermo Rahme Quattropani. Así ratificaron lo actuado en 2023 por el juez Matías Pallito, del Primer Juzgado Laboral.

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