Un profesor cruzó todos los límites con sus alumnas: lo que descubrió la investigación dejó sin palabras a las autoridades
Las autoridades educativas tomaron una medida drástica contra un profesor tras descubrir patrones de comportamiento que sobrepasaron todos los límites. Los detalles de lo que ocurrió en el aula te dejarán impactado.
Un docente fue expulsado del sistema educativo tras confirmarse graves acusaciones de conductas inapropiadas hacia cinco estudiantes de un mismo curso. La investigación administrativa reveló un patrón de comportamiento “reiterado, inaceptable e inapropiado” que vulneró derechos fundamentales de las alumnas y normas del estatuto docente.
La decisión quedó formalizada en el decreto N° 714/5, rubricado por la ministra Susana Montaldo y la secretaria de Estado de Educación, María Gabriela Gallardo. El documento dispuso “la clausura de la Investigación Administrativa” iniciada en octubre de 2024 y la aplicación de la sanción de exoneración al docente Juan Carlos Zerrizuela.
El proceso se originó a partir de un requerimiento de la Oficina de Articulación y Derivación Interinstitucional del Ministerio Público Fiscal. Esto ocurrió luego de que la Dirección de la Escuela de Comercio “Presidente Urquiza” denunciara al profesor por presunto acoso sexual hacia alumnas de segundo año. Inmediatamente se ordenó su apartamiento del cargo y la apertura de un sumario.
¿Qué conductas se documentaron durante la investigación?
De acuerdo al decreto, durante la investigación “se agrega Acta de Declaración de alumnas de la institución, en carácter de testigos”, así como el descargo del docente en calidad de imputado. Los cargos formulados detallaron “conductas impropias en el ejercicio de la función docente”.
Entre las conductas documentadas se mencionan “realizar comentarios hacia alumnas con expresiones como ‘mi amor’, ‘bebé’, ‘mi vida’; contacto físico inapropiado consistente en acariciar el cabello, tomar de la cintura al ingresar al aula, saludar mediante abrazos, realizar guiños con el ojo y beso en la mano a una alumna”.
Tras analizar las pruebas, la instrucción sumarial concluyó que el docente “ha incurrido en infracción a lo dispuesto en el artículo 5° incisos 1) y 5) de la Ley N° 3.470”, así como a normativas de protección integral de niñas, niños y adolescentes. El documento sostiene que “la atribución de conductas inapropiadas hacia al menos cinco (5) estudiantes del mismo curso, demuestra que no se trató de un hecho aislado ni de apreciaciones subjetivas o mal entendidos individuales”.
¿Cómo justificaba el docente su comportamiento?
El decreto también subraya que, bajo el argumento de aplicar herramientas pedagógicas lúdicas, el docente “no conservó la distancia apropiada con las alumnas”. Esto constituye un grave incumplimiento de sus deberes funcionales según las autoridades educativas.
En esa línea, se remarca que la conducta “implica una afectación directa a la dignidad y derechos de los estudiantes bajo su cuidado, lo cual resulta incompatible con la continuidad en el ejercicio de su cargo”. La investigación determinó que se trataba de un “comportamiento reiterado, inaceptable e inapropiado del rol docente”.
¿Qué fundamentos jurídicos respaldan la sanción?
Desde el punto de vista jurídico, la medida se fundamenta en el ejercicio del poder disciplinario del Estado. Según se detalla en el documento, este poder “se ejerce con el fin de garantizar el correcto funcionamiento del servicio”, y en el ámbito educativo adquiere mayor relevancia por su vínculo directo con la formación de personas.
Citando doctrina, el texto indica que este poder “no persigue un fin meramente punitivo, sino que está orientado a proteger la eficacia y moralidad del servicio público”. Asimismo, se enfatiza la obligación estatal de resguardar los derechos de niños, niñas y adolescentes.
En ese marco, se recuerda que “tienen derecho a su integridad física, sexual, psíquica y emocional” y que “toda acción estatal debe estar orientada a la satisfacción de los derechos” consagrados por la normativa vigente.
¿Qué consecuencias tiene la exoneración para el docente?
Finalmente, el decreto dispone que la sanción sea comunicada a las Juntas de Clasificación Docente y a los establecimientos educativos, tanto de gestión estatal como privada. Esto se debe a que la exoneración “impide el ingreso a la docencia en carácter titular, interino o suplente”, al no cumplir el agente con las condiciones exigidas por la ley.