Un padre no pagaba la cuota alimentaria, la jueza lo mandó a un curso de masculinidades y él tomó una decisión inesperada

Una jueza de Lomas de Zamora le ordenó a un padre y a su abogado hacer un curso de masculinidades por cómo defendieron un caso de cuota alimentaria. La Cámara revisó la medida y tomó una decisión que cambia el tablero para los abogados de familia.

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Un padre no pagaba la cuota alimentaria, la jueza lo mandó a un curso de masculinidades y él tomó una decisión inesperada
Un padre no pagaba la cuota alimentaria, la jueza lo mandó a un curso de masculinidades y él tomó una decisión inesperada

Una disputa por la cuota alimentaria de un adolescente derivó en un fallo insólito en Lomas de Zamora: una jueza de Familia ordenó que el padre y su abogado hicieran un curso de masculinidades por considerar que sus argumentos en el expediente eran ofensivos hacia la madre. La medida, sin embargo, terminó en la Cámara de Apelaciones, que dio marcha atrás con una parte de la sanción.

Cómo empezó el conflicto

Todo arrancó en mayo de 2024, cuando una mujer inició una demanda para reclamar la cuota alimentaria en representación de su hijo. El expediente recayó en el Juzgado de Familia N.º 2 de Lomas de Zamora.

En noviembre de 2025, la magistrada resolvió que el padre debía pagar el 30% de sus ingresos como empleado del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, además de los conceptos de salario familiar, ayuda escolar y obra social.

Durante el proceso, el demandado había argumentado que la madre estaba en mejores condiciones económicas y personales para afrontar una mayor proporción de los gastos del adolescente. También señaló que padecía problemas de salud, tenía otras obligaciones familiares y que la mujer había decidido mudarse a unos 50 kilómetros del antiguo hogar familiar y enviar al hijo a un colegio privado sin consultarlo.

La jueza calificó esas afirmaciones como “ofensivas” y “estigmatizantes” y dispuso que tanto el hombre como su abogado realizaran un curso de masculinidades orientado a reflexionar sobre los estereotipos de género. Ambos tenían 15 días para acreditar la capacitación, bajo apercibimiento de recibir una multa equivalente a una cuota alimentaria.

La apelación y el revés para la jueza

El padre y su abogado apelaron la sentencia al considerar que sus argumentos no constituían violencia de género, sino que buscaban explicar la situación económica y familiar del demandado.

El caso llegó a los jueces Carlos Ricardo Igoldi y Javier Alejandro Rodiño, integrantes de la Sala I de la Cámara de Apelación de Lomas de Zamora. Al analizar la situación, Igoldi sostuvo que “no se advierten manifestaciones ofensivas ni estigmatizantes” que justificaran imponerle al abogado una capacitación obligatoria.

El magistrado señaló que los argumentos cuestionados constituían una defensa habitual en este tipo de procesos y que no se habían utilizado expresiones discriminatorias ni basadas en estereotipos de género. Además, advirtió que la perspectiva de género debe aplicarse sin restringir indebidamente el derecho de defensa de las partes.

En consecuencia, la Cámara revocó la obligación de realizar el curso de masculinidades para el abogado Andrés Atilio García. La situación del padre fue diferente: como ya había realizado y aprobado la capacitación, los jueces declararon abstracto su reclamo sobre ese punto, sin pronunciarse sobre la validez de la medida que se le había impuesto.

Qué pasó con la cuota alimentaria

Pese a modificar la sentencia respecto del abogado, la Cámara confirmó la obligación alimentaria del padre y rechazó sus cuestionamientos sobre el monto establecido. Los magistrados mantuvieron el pago del 30% de sus ingresos, la retroactividad de los alimentos desde la presentación de la demanda y la retención directa de su salario.

La resolución, firmada el 29 de septiembre de 2026, dejó así sin efecto únicamente la capacitación impuesta al letrado, al considerar que sus argumentos no habían excedido los límites del derecho de defensa.

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