Un cuidador de un club de Viedma quedó al borde de las dos décadas de cárcel: qué terminó de sellar su condena
Un cuidador de un club de Viedma escuchó la pena por los abusos contra cuatro nenas: la Justicia resolvió cuántos años pasará tras las rejas y qué pesó para que no fuera menos. El número final, adentro.
El Tribunal de Juicio de Viedma condenó a 20 años de prisión a un hombre que trabajaba como cuidador en el Club Sol de Mayo por abusos sexuales contra cuatro niñas que estaban bajo su cuidado. La pena coincidió con lo que habían pedido la Fiscalía y la Defensoría de Menores en el juicio de cesura.
El acusado ya había reconocido su responsabilidad penal en un acuerdo parcial celebrado en abril. Por eso, en esta instancia no se discutió si era culpable, sino únicamente cuántos años debía cumplir.
Los abusos y el rol de la ESI
Los hechos ocurrieron en distintos períodos entre 2012 y septiembre de 2024. Las víctimas tenían entre 5 y 12 años cuando empezaron los episodios. El condenado vivía y trabajaba como cuidador en dependencias del Club Sol de Mayo, adonde las nenas iban principalmente los fines de semana y quedaban a su cargo.
Un taller de Educación Sexual Integral (ESI) en la escuela primaria fue clave para que uno de los casos saliera a la luz. Después de esa actividad, una de las nenas atravesó un momento de angustia y les contó a sus maestras que el hombre la sometía a tocamientos. Esa situación puso en marcha el proceso que permitió investigar y luego establecer la responsabilidad penal por abuso sexual agravado por la guarda, con algunos hechos con acceso carnal.
Como las partes no habían acordado la pena en abril, se realizó el juicio de cesura, donde se analizaron las circunstancias del caso para definir la condena.
Qué pidió cada parte
La fiscal del caso reclamó 20 años de prisión y repasó los agravantes y atenuantes de los artículos 40 y 41 del Código Penal. Entre los agravantes marcó la cantidad de víctimas, sus edades, la extensión temporal de los abusos, la relación de confianza y guarda, las amenazas y las consecuencias acreditadas por pericias. Como atenuantes consideró el reconocimiento de los hechos y la falta de antecedentes penales.
El Defensor de Menores también pidió 20 años y remarcó que las víctimas eran cuatro, todas menores al momento de los hechos, además de la relación asimétrica de poder y el daño acreditado en la audiencia.
La Defensa Pública, en cambio, solicitó el mínimo de la escala penal. Alegó la historia de vida del condenado, su baja escolaridad, sus condiciones de vulnerabilidad, la ausencia de antecedentes y el reconocimiento de su responsabilidad.
Los fundamentos del fallo
El Tribunal de Juicio estuvo integrado por los jueces Ignacio Gandolfi, Carlos Reussi y Juan Martín e Brussino Kain. En los fundamentos valoraron especialmente la duración de los hechos, la cantidad y edad de las víctimas y el aprovechamiento de la relación de confianza.
También pesó que el hombre ocupaba una posición de guarda y mantenía un vínculo estrecho con las familias. Según el fallo, esa situación colocaba a las nenas en una posición de especial vulnerabilidad frente a alguien que tenía la obligación de protegerlas.
La sentencia consideró además las consecuencias acreditadas durante el juicio de cesura. Las pericias describieron afectaciones en la salud psíquica de las víctimas y cambios en distintos aspectos de su vida cotidiana. El fallo sostuvo que «la magnitud de las secuelas es palpable» y tuvo en cuenta esa entidad al momento de fijar la respuesta penal.
Con esos elementos, el Tribunal de Juicio impuso 20 años de prisión, tal como habían solicitado la Fiscalía y la Defensoría de Menores.