Tres años preso por defenderse: la Corte lo dejó libre y ahora el abogado apunta contra el Estado
La Justicia dejó en libertad a Roberto Neil tras tres años detenido por el crimen en una concesionaria de Río Gallegos. Su abogado denunció una sentencia arbitraria y apuntó contra el Estado: la definición final, con una fecha clave, podría abrir un reclamo millonario.
Roberto Neil recuperó la libertad después de que el Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz revisara su condena. Su defensor, Alejandro Ruggero, cuestionó con dureza el fallo de primera instancia y anticipó que la definición final llegará en noviembre.
La causa por la muerte de Franco Cuevas, ocurrida el 2 de junio de 2023 en una concesionaria de Río Gallegos durante un enfrentamiento armado, tuvo un giro procesal de alto impacto. El pleno del Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz revisó el caso en una audiencia de casación y dispuso la excarcelación inmediata del comerciante Roberto Neil, que llevaba tres años detenido.
La decisión se conoció este martes y, al día siguiente, el abogado defensor Alejandro Ruggero analizó los alcances del fallo en diálogo con LU12 AM680. Según explicó, la pena que le habían impuesto a su cliente superaba ampliamente la escala prevista para un eventual exceso en la legítima defensa. La sentencia definitiva, que podría ser absolutoria o aplicar una pena menor, se conocerá el 17 de noviembre.
“No le quedó otro camino que defenderse”
Ruggero aclaró que su participación en el expediente se limitó a la etapa de casación. “Yo fui convocado solo para esta etapa de casación, no estuve en toda la etapa de juicio. La familia Neil me convocó porque estaba cansada de que no lo ejecuten y el recurso de casación ya estaba presentado cuando yo ingresé en la defensa”, relató.
En esa instancia, el letrado sostuvo que la sentencia del Tribunal Oral fue arbitraria y caprichosa, y que no se valoró la tesis central de la defensa: que Neil actuó en legítima defensa. “Ahí se planteó con toda contundencia de que la sentencia del Tribunal Oral realmente era arbitraria, caprichosa, no escuchó absolutamente nada de lo que se había argumentado como defensa, básicamente de que el señor Neil se defendió porque no le quedó otro camino que defenderse y eso se llama legítima defensa”, afirmó.
El respaldo del procurador y el fallo de la Corte
Durante la audiencia, la fundamentación técnica de la defensa encontró respaldo en la postura del procurador provincial, Eduardo Sosa. Según Ruggero, Sosa acompañó el planteo aunque consideró aplicable el voto del camarista Jorge Yance, que preveía un exceso en la legítima defensa con una pena mucho menor.
“Eso se argumentó con tanta contundencia que el señor procurador, Eduardo Sosa, acompañó el planteo más allá de que consideró uno de los votos de la sentencia de la Cámara Penal de Jorge Yance en cuanto que preveía un exceso en la legítima que prevé una pena muchísimo menor. Ahí, obviamente por un criterio de la Corte Suprema, él estableció la misma pena que había previsto Yance en Cámara, que era 2 años de prisión”, detalló.
El abogado explicó que un fallo de la Corte Suprema obliga al tribunal a no superar esa pena y que, como Neil ya llevaba casi tres años detenido, solicitó la libertad inmediata, que fue concedida. “Yo como defensor solicité la absolución, pero eso se va a resolver el 17 de noviembre. Sosa, por su parte, dijo: ‘Bueno, sí hubo legítima defensa, pero Neil se excedió, digamos, más de la cuenta’”, agregó.
Críticas a la sentencia de primera instancia
Con más de cuatro décadas de ejercicio en el fuero penal, Ruggero no ocultó su malestar por la condena que mantuvo a Neil privado de su libertad durante tres años. “Hacía mucho tiempo, llevo 40 años de profesión, hacía mucho tiempo que no había una sentencia así de arbitraria, diría caprichosa, por decirlo de alguna forma, salvo el voto de Yance, que sí supo ver, pero quedó en minoría”, sostuvo.
El letrado definió el fallo como “arbitrario” en el sentido de que no se escuchó a nadie y se resolvió según el criterio del tribunal, sin atender los argumentos de la defensa.
¿Puede Neil demandar al Estado?
Consultado sobre si la prolongación de la prisión preventiva más allá de los dos años habilita un reclamo por daños y perjuicios contra el Estado provincial, Ruggero fue cauto. “No, no necesariamente. Sigue la tarea de defender hasta el último momento. Es un tema bastante debatido. Hay jurisprudencia que dice que sí y hay jurisprudencia que dice que todo ciudadano tiene que soportar el sistema penal ante la duda de que puede haber cometido un delito y no tiene derecho de indemnización”, explicó.
Y añadió: “Hay dos posturas, como decimos los abogados, hay una biblioteca para un lado y una biblioteca para el otro, pero eso se verá. Cuando las sentencias son muy arbitrarias, muy ilegales, la cuestión va a favor de que la persona pueda hacer un juicio; cuando la cuestión es jurídica y debatible, ya no es tan fácil, pero es algo que se verá posterior”.
Una audiencia inédita en la Justicia santacruceña
Ruggero destacó la relevancia institucional de la audiencia de casación, que reunió por primera vez a los nueve jueces del Tribunal Superior en un mismo estrado, incluido el procurador Sosa. “Llevó 8 meses conseguir esta audiencia que, por cierto, como les decía a los jueces, era singular porque era la primera vez que se juntaban, se unían ahí en un solo estrado, los nueve jueces, incluido el doctor Sosa, que también hace tanto tiempo, a quien conozco hace fácil 30 años, estábamos todos en la primera vez, pero salió creo que de acuerdo a lo que uno preveía”, manifestó.
La pistola que nunca se investigó
En el tramo final de la entrevista, el defensor apuntó a una de las mayores falencias de la instrucción: la omisión de investigar el origen del arma utilizada en el enfrentamiento. “Jamás se investigó y no es solamente que no se investigó porque no se podía. Yo entiendo que sí se hubiese podido hacer algo más y no se hizo. Y en derecho, cuando uno no puede probar algo en contra del imputado, lo dice la Constitución Nacional, la duda va a favor del imputado, no en contra”, afirmó.
Según Ruggero, el arma tenía los números intactos, sin limar, y podría haberse rastreado en comisarías o registros de armas, o incluso haberse difundido su foto para dar con su procedencia. “Nunca se ocuparon de saber de dónde había salido el arma. Eran todos deducciones. En este caso donde el imputado dice ‘Yo me defendí’, es el Estado el que tiene que acreditar que no es verdad. Y no fue así”, concluyó.