Sumas en negro: la Fiscalía no se rinde y la pelea por la inconstitucionalidad llega al STJ
La Fiscalía de Estado apeló el fallo que declaró inconstitucionales los aumentos salariales 'en negro'. ¿Qué argumentos usará para defender al Gobierno? Los detalles del caso que llega al STJ.
La batalla legal por los aumentos salariales que el Gobierno entrerriano pagó 'en negro' dio un nuevo giro. La Fiscalía de Estado anunció que apelará el fallo que declaró inconstitucional esa medida, y ahora será el pleno del Superior Tribunal de Justicia (STJ) el que tenga la última palabra.
Martín Rettore, fiscal de Estado Adjunto, confirmó la decisión en el programa Puro Cuento de Radio Plaza 94.7. El funcionario defendió la legalidad del decreto 537 y aseguró que 'cumple con todas las formalidades de un acto administrativo y por ende goza de las características de ejecutoriedad'.
¿Qué argumentos esgrime la Fiscalía?
Desde la Fiscalía de Estado sostienen que las sumas pagadas no son salario común. Rettore las calificó como 'sumas no remunerativas, no bonificables y extraordinarias', y explicó que la diferencia clave está en que no hay 'habitualidad en la percepción'.
El segundo pilar de la defensa es el contexto económico. El funcionario remarcó que la medida se tomó bajo un 'criterio de austeridad económica' y que el Ejecutivo y el Legislativo tienen la 'responsabilidad fiscal' de cuidar los recursos públicos.
Además, Rettore destacó que el decreto fue consensuado con los gremios: se 'discutió en un ámbito paritario donde estuvieron sentados los gremios', y hubo acuerdo para fijar esas sumas bajo esas condiciones.
La apelación y un detalle clave
El fiscal adjunto también apuntó contra los demandantes. Sostuvo que los accionantes no agotaron la vía administrativa antes de ir a la Justicia, un requisito que consideran esencial. La apelación busca que el STJ revise estos fundamentos.
El origen del conflicto
Todo empezó cuando un grupo de jubilados de la Legislatura presentó una acción de inconstitucionalidad contra el Gobierno provincial. Pidieron que se declare inválido el artículo 1° del decreto N° 017 del 11 de marzo de 2026 del Senado, y cualquier otra norma que estableciera aumentos 'no remunerativos' y 'no bonificables'.
La Cámara en lo Contencioso Administrativo N° 1 de Paraná les dio la razón. Declaró la inconstitucionalidad de dos decisiones administrativas que otorgaban aumentos bajo esa calificación.
¿Por qué el fallo fue adverso al Gobierno?
En los expedientes N° 3201, N°3142 y N°3150, el tribunal consideró que los decretos N°537/26 del Ejecutivo y N°017/26 del Senado violaron el artículo 82 inciso d) de la Constitución de Entre Ríos. Esa norma ordena que todo incremento salarial debe estar sujeto a aportes y contribuciones.
El argumento central es que la calificación de 'no remunerativo' no cambia la naturaleza jurídica del pago. La Cámara sostuvo que el trabajo no se presume gratuito y que el salario retribuye servicios, por lo que no se puede eludir la seguridad social.
El tribunal también advirtió que la falta de aportes perjudicó los haberes jubilatorios de los actores, afectando los principios de proporcionalidad y movilidad del sistema previsional, y vulnerando el derecho de propiedad según la jurisprudencia de la Corte Suprema.