Subió el techo del monotributo: cuánto podés facturar por mes sin perder la categoría
Con el 16,8% de aumento en las escalas, los monotributistas ya tienen nuevos topes mensuales. ¿Sabés cuánto podés facturar sin cambiar de categoría?
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) aplicó un aumento del 16,8% en las escalas del monotributo, tanto en los topes de facturación como en las cuotas mensuales. Los nuevos valores rigen para la recategorización del segundo semestre de 2026 y se verán reflejados en los pagos con vencimiento desde agosto próximo.
Aunque el régimen simplificado toma los ingresos brutos acumulados de los últimos doce meses, muchos monotributistas usan una referencia mensual para controlar su facturación y no pasarse del límite de su categoría. Desde ARCA aclaran que el parámetro oficial es anual, pero dividir ese monto por doce sirve como guía durante el año.
¿Cuánto se puede facturar por mes según cada categoría?
Con los nuevos topes anuales vigentes, estos son los montos orientativos de facturación mensual que no deberían superarse para mantenerse en cada categoría:
Categoría A: hasta $1.000.784,20 por mes.
Categoría B: hasta $1.466.265,23 por mes.
Categoría C: hasta $2.055.874,53 por mes.
Categoría D: hasta $2.552.387,62 por mes.
Categoría E: hasta $3.002.352,61 por mes.
Categoría F: hasta $3.762.638,28 por mes.
Categoría G: hasta $4.499.649,91 por mes.
Categoría H: hasta $6.827.055,03 por mes.
Categoría I: hasta $7.641.646,83 por mes.
Categoría J: hasta $8.751.043,27 por mes.
Categoría K: hasta $10.550.903,23 por mes.
¿Qué pasa si se supera el límite?
ARCA recuerda que la permanencia en una categoría no depende solo de la facturación. También se tienen en cuenta otros parámetros como la superficie afectada a la actividad, el consumo anual de energía eléctrica y el monto de los alquileres devengados, según corresponda.
Además, el organismo analiza los ingresos devengados de los últimos doce meses, es decir, las facturas emitidas en ese período, sin importar cuándo se hayan cobrado. Por eso, superar el promedio mensual en un mes puntual no implica automáticamente quedar excluido del régimen, siempre que el total anual se mantenga dentro del tope de la categoría correspondiente.
Quienes excedan los límites establecidos deberán recategorizarse o, si superan el máximo previsto para el monotributo, pasar al régimen general de IVA y Ganancias, según las normas vigentes de ARCA.