Sobreseyeron a Milei por $LIBRA: la nota que apareció en un celular y el dato que faltó para armar el caso
El juez sobreseyó a Milei y a los otros diez investigados por $LIBRA: los documentos del celular de Novelli, las cajas de seguridad y el rastro de las billeteras quedaron bajo la lupa, pero el fallo encontró un punto que lo cambió todo. Qué fue lo que no se pudo probar.
El juez federal Marcelo Martínez de Giorgi sobreseyó a Javier Milei, a su hermana Karina y a otros nueve investigados en la causa por el lanzamiento de la criptomoneda $LIBRA. La resolución, conocida el 23 de octubre, concluyó que las pruebas reunidas durante meses de investigación no alcanzaban para demostrar los delitos que se habían denunciado.
El expediente giró alrededor de tres ejes: los documentos hallados en el teléfono del trader Mauricio Novelli, los movimientos registrados en cajas de seguridad bancarias vinculadas a su familia y el rastreo de las billeteras digitales que operaron con el token. Ninguno de esos elementos, según el magistrado, permitió probar un acuerdo económico ni pagos ilegales a funcionarios.
La frase en inglés que encendió las sospechas
El análisis forense de los dispositivos de Novelli detectó una nota con una frase escrita en inglés: “this is the final agreement as discussed with H.”, que se traduce como “este es el acuerdo final, como se habló con H.”.
Para los denunciantes, ese texto sugería un entendimiento entre operadores privados y el entorno presidencial. La hipótesis apuntaba a que detrás de la promoción de $LIBRA existía un arreglo económico que involucraba al creador del token, Hayden Davis, y a personas con acceso directo al Presidente.
El juez, sin embargo, fue categórico sobre el alcance de ese documento: “No demuestra por sí misma la existencia de un acuerdo perfeccionado ni permite establecer sus términos definitivos, sus partes, su objeto o la eventual inclusión de una contraprestación por el ejercicio indebido de influencia”. El peritaje tampoco logró comprobar que la nota hubiera sido enviada a terceros ni que el supuesto acuerdo hubiese sido formulado, recibido y aceptado.
En el expediente también obraba una oferta de Kelsier Group del 21 de noviembre de 2024, dirigida a Novelli, Manuel Terrones Godoy y Sergio Daniel Morales. El documento mencionaba actividades vinculadas al Gobierno argentino, blockchain, Web3 e inteligencia artificial, con referencias a Javier y Karina Milei. Pero carecía de firmas y de elementos que demostraran su aceptación, lo que resultó determinante para el magistrado.
Cajas de seguridad: movimientos registrados, pero vacías al allanar
La investigación había detectado ingresos y egresos en cajas de seguridad bancarias a nombre de Novelli, además de registros y filmaciones de operaciones realizadas por sus familiares María Alicia Rafaele y María Pía Novelli en fechas cercanas al lanzamiento del criptoactivo.
Esa cercanía temporal alimentó las sospechas sobre un posible manejo de dinero en efectivo. Sin embargo, cuando se allanaron las cajas en una sucursal del Banco Galicia, el resultado fue negativo: estaban vacías.
El fallo tomó nota de los movimientos, pero consideró que sin otros elementos que permitieran determinar qué se guardó, cuándo y con qué finalidad, no se podía demostrar que allí se hubieran depositado fondos destinados a funcionarios o colaboradores del Gobierno.
Los u$s100 millones y el rastro de las billeteras
Según la denuncia, después de que Milei promocionara $LIBRA en su cuenta de X, el precio del token pasó de unos u$s0,01 a acercarse a los u$s5, antes de desplomarse. Los denunciantes atribuyeron la caída a ventas realizadas por integrantes del equipo creador y otros actores que habrían contado con información privilegiada.
La presentación sostuvo que unas pocas billeteras habrían retirado alrededor de u$s100 millones, mientras más de 40.000 compradores sufrían pérdidas. La hipótesis buscaba establecer si esos movimientos respondían a una maniobra organizada y si parte del dinero había financiado pagos ilegales.
En la investigación intervinieron la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia (UFECI) y áreas de la Policía Federal, que analizaron operaciones y direcciones de criptoactivos. También se pidió el congelamiento de 44.593.888,562 USDC identificados en una dirección de la red Solana que había recibido fondos de billeteras etiquetadas como “LIBRA: TEAM WALLET”.
Para Martínez de Giorgi, reconstruir movimientos de criptomonedas no equivale a demostrar el destino final de los fondos ni su conexión con funcionarios públicos. El rastreo, concluyó, no alcanzó para confirmar la hipótesis de sobornos.
El tuit presidencial y los límites de la estafa
El fallo analizó la publicación que el Presidente hizo el 14 de febrero de 2025 en X para promocionar el proyecto. El magistrado reconoció que esa intervención le dio al token una visibilidad particular y pudo influir en la confianza de algunos compradores, pero distinguió entre promocionar una iniciativa y engañar deliberadamente a los inversores.
Según la resolución, debía identificarse qué aspecto del proyecto había sido presentado falsamente o qué información relevante se había ocultado mediante una conducta penalmente reprochable. No bastaba con demostrar que muchas personas compraron después de la publicación y luego perdieron dinero.
En ese sentido, el fallo advirtió que “la notoriedad de quien promociona un activo, la repercusión pública del lanzamiento o la confianza que su intervención pueda suscitar no equivalen, por sí solas, a un ardid defraudatorio”. También citó un pronunciamiento de la Cámara Federal del 4 de septiembre de 2026, que ya había señalado el debilitamiento de la hipótesis de un plan organizado desde las más altas esferas del Gobierno.
Respecto de la supuesta estafa, Martínez de Giorgi sostuvo que “la sola secuencia temporal entre la promoción, el incremento de la cotización y su posterior caída no demuestra, por sí misma, que esa evolución hubiera sido previamente organizada con una finalidad defraudatoria”.
Los informes de la DATIP y un sumario administrativo
Otro tramo del fallo se refiere a los informes de la DATIP, la dependencia de la Procuración que analizó la información extraída de los dispositivos secuestrados. El juez advirtió irregularidades en su elaboración, que fueron objeto de un sumario administrativo de la Procuración General de la Nación.
En ese sumario se tuvo por probado que una empleada de la DATIP accedió indebidamente a documentación reservada de la causa y que parte de ese contenido trascendió a la prensa días después. Esa situación, según el magistrado, afectó los controles sobre el trabajo realizado y resintió el valor probatorio de los informes.
El juez no declaró falsa toda la información recuperada de los teléfonos, pero consideró que esos elementos, valorados junto con el resto de las pruebas, no permitían corroborar la hipótesis delictiva contra Karina Milei.
El capítulo Nadia Beller
La denuncia impulsada por la diputada Mónica Frade a partir de versiones periodísticas sobre conversaciones entre Nadia Beller y su expareja, Fernando Cerimedo, tampoco aportó pruebas sobre $LIBRA. Para evaluar ese planteo se consultó a la fiscalía que había recibido la declaración testimonial de Beller en septiembre, con intervención de autoridades de Bolivia.
La respuesta fue que la testigo, baleada en Bolivia, no había hecho manifestaciones sobre el lanzamiento o la caída de la cotización de $LIBRA ni se había referido a otros hechos vinculados con esa causa. Por eso, el juez consideró que esa denuncia no aportaba elementos suficientes para sostener la hipótesis de un intercambio ilícito.
Qué sigue ahora
Tras el pedido de sobreseimiento del fiscal Eduardo Taiano, el juez resolvió que los hechos analizados no encuadraban en una figura penal y sobreseyó a los once investigados.
Sin querellantes —los damnificados fueron apartados de ese rol— y con un fiscal que propició la desestimación, no hay posibilidad de apelación. Solo queda la remota chance de que la Cámara Federal de Casación reponga a los damnificados como querellantes antes de que venza el plazo para apelar. Si eso no ocurre o si se confirma que no pueden ser querellantes, el caso quedará definitivamente cerrado.