Senado salteño debatió tierras indígenas pero omitió el derecho de propiedad privada

El Senado salteño recibió a la comunidad indígena de Las Pailas, pero omitió mencionar la sentencia firme que reconoce la propiedad privada de la familia Wayar. ¿Qué se dijo y qué se calló?

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Senado salteño debatió tierras indígenas pero omitió el derecho de propiedad privada

El Senado provincial abrió un nuevo capítulo político en el conflicto de Finca Las Pailas, pero evitó deliberadamente tocar un tema clave: el derecho de propiedad privada reconocido por la Justicia a la familia Wayar. La reunión con la Comunidad Diaguita Kallchaki Las Pailas dejó en evidencia un vacío jurídico que los legisladores prefirieron no mencionar.

Durante el encuentro, los senadores escucharon los reclamos de los representantes indígenas y comprometieron gestiones ante el Poder Ejecutivo. Incluso anticiparon la presentación de un proyecto de ley para declarar nuevamente la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras ocupadas por comunidades indígenas. Sin embargo, ninguno de los legisladores hizo referencia a la Matrícula 1025 ni a los catastros que identifican legalmente el inmueble.

¿Qué quedó fuera del debate?

El plenario estuvo dominado por críticas a la actuación judicial, denuncias sobre presuntos excesos durante el operativo de desalojo y pedidos para suspender sus efectos. También se cuestionó la decisión del Gobierno nacional de dejar sin efecto la Ley 26.160, que durante casi dos décadas suspendió los desalojos de comunidades indígenas.

Pero el debate omitió un aspecto central: existe una sentencia firme que ordenó la restitución de la tenencia de una parte del inmueble, cuya ejecución fue considerada plenamente válida por la Justicia.

Derechos en pugna

El caso de Las Pailas expone una tensión jurídica de fondo. Por un lado, el reconocimiento constitucional de los derechos de los pueblos originarios y la protección de sus ocupaciones tradicionales. Por otro, el principio de propiedad privada y el valor del sistema registral argentino, basado en matrículas y catastros.

La Justicia buscó preservar ese equilibrio durante todo el proceso, al sostener que el expediente de desalojo nunca discutió la eventual propiedad comunitaria de la tierra, sino exclusivamente la restitución de la tenencia en un contrato de arriendo. Esa diferencia jurídica, sin embargo, brilló por su ausencia en la reunión de los senadores.

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