Se descompensó en la fábrica, no recibió ayuda a tiempo y la Justicia le dio una cifra récord
Un infarto en horario laboral, una enfermería cerrada y un remis como ambulancia: la Justicia determinó que la empresa y la ART deben pagar una cifra millonaria. ¿Qué pasó realmente aquel día?
Un trabajador metalúrgico de 46 años sufrió un infarto en su puesto y, tras una demora fatal en la atención, quedó con cuadriparesia. Ahora, un fallo histórico ordenó pagarle más de $351 millones.
Todo ocurrió en noviembre de 2021. César Fernández, empleado de una metalúrgica desde 2009, sintió un fuerte dolor en el pecho, mareos y malestar general. Corrió a la enfermería del establecimiento, pero estaba cerrada.
Sin ambulancia ni médico en el lugar, sus compañeros decidieron llevarlo en un remis al Sanatorio Argentino. Durante el viaje, Fernández se descompensó y sufrió un paro cardíaco. La falta de respuesta rápida fue determinante: el trabajador quedó con una grave afectación neurológica, cuadriparesia, severas limitaciones motoras y necesidad de asistencia permanente.
¿Quién impulsó la demanda?
El abogado Matías Martínez denunció daños y perjuicios contra la empresa y la ART. Según el expediente, Fernández había sido cambiado a turnos rotativos, lo que le generó un cuadro de estrés que afectó su vida familiar. Martínez sostuvo que hubo fallas graves en la respuesta ante la emergencia. “Si hubiera recibido la atención adecuada y oportuna, las consecuencias podrían haber sido sustancialmente menores”, afirmó.
El Tribunal del Trabajo entendió que el caso debía ser considerado un accidente laboral por ocasión. No porque la actividad laboral hubiera provocado directamente el infarto, sino porque las circunstancias dentro del ámbito de trabajo, bajo organización y control del empleador y sin asistencia médica adecuada, agravaron el desenlace.
Indemnización millonaria
En su resolución, los jueces declararon la inconstitucionalidad de algunos artículos del régimen de riesgos del trabajo y rechazaron la reparación integral contra la ART por falta de acreditación de ciertas omisiones específicas. Sin embargo, hicieron lugar al reclamo basado en las prestaciones del sistema laboral.
La sentencia condenó a la aseguradora a pagar una suma de $285.980.239,88, más intereses, lo que llevó el monto total liquidado a $351.246.415,17. Además, la ART deberá abonar mensualmente una prestación por gran invalidez, según el artículo 17 inciso 2 de la Ley de Riesgos del Trabajo.
El abogado de Fernández destacó que el fallo amplía la protección laboral: “No solo deben repararse los daños causados directamente por el trabajo, sino también aquellos que se agravan porque el infortunio ocurrió en el trabajo y esa circunstancia agravó las consecuencias dañosas y perpetuas que soportó el trabajador”.