Se afilió a una obra social sin saber que estaba embarazada y la acusaron de mentir: cómo terminó todo
Una mujer se afilió a una obra social y días después descubrió que estaba embarazada. La acusaron de ocultarlo y le dieron de baja, pero la Justicia revisó el caso y encontró algo que la entidad no pudo probar. ¿Qué pasó con su cobertura?
Una mujer se afilió a Federada Salud y pocos días después se enteró de que estaba embarazada. Cuando lo comunicó, la entidad la acusó de haber ocultado su estado al firmar la declaración jurada y le rescindió el contrato. Ella negó la acusación y fue a la Justicia: la Cámara de Apelaciones de General Pico, La Pampa, le dio la razón.
Los hechos que originaron el conflicto
El 22 de enero de 2025 la mujer completó la solicitud de ingreso y la declaración jurada de antecedentes de salud. Allí consignó que su última menstruación había sido el 10 de enero. La afiliación se formalizó el 1° de febrero.
El 11 de febrero, tras realizarse una ecografía, su médica le informó que cursaba un embarazo de aproximadamente nueve semanas. Los sangrados que ella había interpretado como períodos menstruales eran en realidad ginecorragias, y le indicaron reposo por una amenaza de aborto.
La acusación de la obra social
Después del diagnóstico, la mujer presentó el certificado de embarazo y siguió pagando las cuotas. Pero a fines de marzo recibió una carta documento: Federada Salud rescindió su contrato porque consideraba que había falseado la declaración jurada al no informar que estaba embarazada cuando pidió el ingreso.
La empresa sostuvo que los estudios posteriores demostraban que el embarazo ya existía al momento de la contratación. Un certificado del 11 de febrero establecía una gestación de nueve semanas y ubicaba la última menstruación el 10 de diciembre de 2024.
El punto central del conflicto no era determinar si ya estaba embarazada, sino comprobar si ella lo sabía y decidió ocultarlo.
Qué resolvió la Justicia
La Cámara consideró que la documentación médica permitía establecer que el embarazo existía cuando se afilió, pero no demostraba que la mujer conociera su estado. La historia clínica respaldaba que había sufrido sangrados durante enero y que el diagnóstico recién llegó después de los estudios de febrero.
Para los jueces, no había prueba de que antes de completar el formulario la mujer hubiera recibido un diagnóstico, conocido el resultado de una ecografía o sido informada por un médico de que los sangrados estaban vinculados con un embarazo.
“No alcanza con demostrar que la información fue objetivamente inexacta a la luz de conocimientos médicos posteriores”, sostuvo el fallo. Para justificar la rescisión, debía comprobarse que la usuaria sabía de la situación preexistente y había actuado de mala fe, algo que Federada Salud no logró acreditar.
Por eso, la Cámara rechazó en lo sustancial la apelación de la entidad y confirmó la decisión que declaró ilegítima la rescisión. Federada Salud deberá mantener la afiliación de la mujer en las condiciones originalmente contratadas y garantizarle la cobertura integral del Plan Materno Infantil.