Santa Fe sancionó la ley de licencias para abogados: cómo impacta en los juicios
La nueva norma, aprobada por unanimidad en el Senado, suspende los plazos procesales cuando un abogado esté de licencia. Qué requisitos hay que cumplir para acceder al beneficio.
La Legislatura de Santa Fe convirtió en ley el régimen de licencias para abogados y procuradores matriculados que ejercen de forma independiente. La norma, aprobada por unanimidad en el Senado, contempla permisos por enfermedad, fallecimiento de familiares, maternidad, paternidad y adopción, con suspensión de plazos procesales.
La iniciativa había tenido media sanción en Diputados en 2020, 2021 y 2023, pero recién ahora logró la aprobación definitiva. La Cámara Alta la votó sobre tablas y sin objeciones.
Qué licencias contempla
Según el artículo 2 de la ley, los profesionales podrán acceder a distintos tipos de permisos, de manera continua o alternada, mientras intervengan en procesos judiciales. Los casos principales son:
Enfermedad inhabilitante o accidente: hasta 15 días hábiles judiciales por año calendario.
Fallecimiento de familiares: hasta 3 días hábiles judiciales por año calendario por la muerte del cónyuge, conviviente, madre, padre, hijos, hermanos u otros familiares contemplados por la norma.
Maternidad, paternidad o adopción: hasta 30 días. En el caso de maternidad o paternidad, la licencia podrá utilizarse durante el embarazo o hasta 30 días después del parto, y también desde que se obtenga la guarda judicial de una niña o niño. Las personas gestantes podrán pedir una extensión de hasta 60 días una vez finalizado el primer período.
Cómo funciona la suspensión de plazos
Uno de los puntos centrales es que la licencia tendrá efectos sobre los procesos en los que intervenga el profesional. Durante el período de licencia, se suspenderán los plazos procesales en los expedientes donde el abogado esté designado y no existan otros apoderados, según explicó la presidenta del Colegio de la Abogacía de Santa Fe, Balbina Cavalieri.
La medida no implica el pago de un salario ni una licencia laboral tradicional. El objetivo es evitar que una situación personal o familiar provoque el vencimiento de un plazo judicial y perjudique los derechos del cliente. Mientras dure la licencia, el profesional no podrá realizar actuaciones profesionales.
El trámite ante el Colegio
Los abogados y procuradores que quieran acceder al beneficio deberán solicitarlo ante el Colegio de su jurisdicción, con una anticipación mínima de cinco días hábiles, indicando el período solicitado y acompañando la documentación correspondiente cuando sea necesaria. También deberán informar el domicilio donde permanecerán durante la licencia.
Una vez concedida, el Colegio deberá comunicarla a la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe y a la Fiscalía de Estado Provincial dentro del primer día hábil, para que se notifique a los tribunales, las oficinas de notificaciones y los organismos correspondientes.
Control y sanciones
La ley establece mecanismos para evitar el uso abusivo del régimen. El uso indebido o incorrecto de una licencia podrá derivar en sanciones disciplinarias o éticas, de acuerdo con las normas de cada Colegio profesional. Cavalieri remarcó que el Colegio será responsable de recibir las solicitudes y controlar la documentación presentada, como certificados médicos o partidas de nacimiento y defunción, para impedir que la herramienta sea utilizada como estrategia para demorar procesos judiciales.
Una ley que busca equiparar derechos
Durante el tratamiento legislativo, la diputada socialista Gisel Mahmud, autora de la iniciativa, sostuvo que la profesión de abogado tiene una particularidad: el cumplimiento de plazos es uno de sus elementos centrales, pero los profesionales independientes no contaban con un régimen que les permitiera afrontar situaciones personales sin afectar su actividad procesal. La legisladora planteó que no existía una razón para que abogados y procuradores carecieran de un régimen de licencias familiares similar al de otros trabajadores.
En la misma línea, Cavalieri consideró que la sanción representa un avance en materia de equidad para los profesionales que ejercen de manera liberal, especialmente para quienes trabajan de forma individual y no cuentan con una estructura que pueda reemplazarlos ante una enfermedad, accidente, nacimiento o fallecimiento de un familiar.
La aprobación definitiva tuvo además una particular coincidencia institucional: ocurrió durante la semana en que el Colegio de la Abogacía de Santa Fe celebra el centenario de su fundación. El presidente del Senado, Felipe Michlig, y el senador por el departamento La Capital, Julio Francisco Garibaldi, destacaron la importancia de la sanción y el trabajo realizado durante los últimos años para alcanzar los acuerdos necesarios.