Santa Cruz tiene la ley de ADN para crímenes y desaparecidos, pero hay un paso que nunca se dio
Santa Cruz tiene una ley que podría aportar pruebas de ADN en crímenes y en la búsqueda de desaparecidos, pero sigue sin funcionar. Los diputados ya la reclamaron dos veces y ahora volvieron a la carga: el detalle que expone la demora.
Santa Cruz cuenta con una herramienta legal que podría cambiar el rumbo de investigaciones criminales y de casos de personas desaparecidas. Sin embargo, pasaron casi 16 años y todavía no está en funcionamiento. La Legislatura ya reclamó su puesta en marcha y hasta puso un plazo. Nada pasó.
Se trata del Registro Provincial de Huellas Genéticas Digitalizadas, creado por la Ley Provincial 3166, sancionada en septiembre de 2010. La norma quedó bajo la órbita del Tribunal Superior de Justicia, pero quedó a mitad de camino: nunca fue reglamentada.
Qué debía hacer el registro de ADN
La ley ordenó crear una base provincial para almacenar y sistematizar perfiles genéticos. La idea: que la información obtenida de análisis de ADN sirviera dentro del sistema judicial para esclarecer hechos investigados.
También contempla su uso en la identificación de personas desaparecidas o de restos humanos sin identificar.
No se trata de guardar nombres en un archivo. Una huella genética permite individualizar a una persona a partir de material biológico y comparar perfiles obtenidos de distintas evidencias.
Sangre, saliva, semen, cabellos u otros rastros biológicos encontrados durante una investigación pueden contener material genético analizable.
Por la sensibilidad de esa información, un sistema así necesita reglas estrictas: quién incorpora los perfiles, en qué casos, quién accede, cómo se toman las muestras, cuánto tiempo se conservan y qué mecanismos garantizan la cadena de custodia.
Una ley de 2010 que sigue esperando
La falta de reglamentación volvió a instalarse en la Cámara de Diputados de Santa Cruz. Los diputados Piero Boffi, Fernando Martínez Alfaro y Fernando Pérez presentaron el proyecto 647/26 para pedirle al Poder Ejecutivo provincial que reglamente la norma.
Los legisladores fijaron un plazo de 60 días hábiles para hacerlo. Pero hay un dato que llama la atención: no es la primera vez que la Legislatura reclama exactamente lo mismo.
Diputados ya había dado 60 días en 2025
En marzo de 2025, la Cámara de Diputados aprobó la Resolución 002/2025, mediante la cual solicitó al Poder Ejecutivo la reglamentación de la Ley 3166 y también estableció un plazo de 60 días hábiles.
El pedido era detallado: la reglamentación debía definir cómo se administraría el registro, los procedimientos para obtener muestras genéticas, las condiciones de almacenamiento y conservación, los mecanismos de procesamiento de la información y las responsabilidades de los organismos involucrados.
También debía determinar un punto clave para cualquier evidencia que después se use en un juicio: la cadena de custodia.
La reglamentación siguió pendiente. Más de un año después de aquella resolución, un nuevo proyecto legislativo volvió a poner sobre la mesa una deuda institucional que Santa Cruz arrastra desde 2010 y que atravesó distintas administraciones provinciales.
Por qué puede ser importante para una investigación criminal
Las bases de perfiles genéticos funcionan como herramientas auxiliares de investigación porque permiten comparar material biológico obtenido en diferentes circunstancias.
Un perfil obtenido de evidencia recolectada en una investigación puede cotejarse, bajo las condiciones que fija la ley, con otros perfiles incorporados legalmente a una base.
También pueden usarse perfiles genéticos en procedimientos para determinar identidades cuando hay personas desaparecidas o restos humanos cuya identidad se desconoce.
El propio proyecto presentado en la Legislatura santacruceña remarca que el funcionamiento efectivo del registro permitiría fortalecer el uso de evidencia científica para esclarecer hechos y para los procesos de identificación.
Pero contar con una ley no equivale a tener una base operativa. Para eso hacen falta protocolos, infraestructura, procedimientos técnicos y garantías sobre el tratamiento de información genética extremadamente sensible.
Casi 16 años y el mismo reclamo
La cronología muestra la dimensión de la demora. La ley fue sancionada en septiembre de 2010. En 2024 volvió a plantearse legislativamente la necesidad de reglamentarla. En marzo de 2025, la Cámara de Diputados aprobó formalmente un pedido para avanzar con su implementación. En septiembre de 2026, tres diputados tuvieron que presentar un nuevo proyecto reclamando otra vez su reglamentación.
Así, una herramienta pensada hace casi 16 años para incorporar tecnología genética al sistema judicial santacruceño sigue atravesada por una discusión pendiente de larga data: cómo convertir una ley vigente en un instrumento realmente operativo para la Justicia de Santa Cruz.