Santa Cruz tendrá Defensor del Pueblo: la ley que aprobó Diputados
La provincia era una de las seis que no tenía este organismo. Ahora, la ley avanza pero todavía falta un paso clave para que empiece a funcionar.
La Cámara de Diputados de Santa Cruz aprobó este jueves la creación de la Defensoría del Pueblo provincial, un organismo que dependerá del Poder Legislativo y que tendrá como misión proteger los derechos de los ciudadanos frente a la Administración Pública.
La iniciativa, que aún debe ser promulgada por el Ejecutivo, convierte a Santa Cruz en una de las últimas provincias en contar con esta institución: eran seis las que no la tenían.
Cómo se elegirá al Defensor
El titular del organismo será designado con el voto de los dos tercios de los diputados, bajo pena de nulidad si no se alcanza esa mayoría. Para postularse, los interesados deberán anotarse en un Registro de Aspirantes, contar con el respaldo de al menos una asociación civil y cumplir requisitos como ser argentino nativo o por opción, tener 30 años o más y ser abogado con cinco años de ejercicio verificable.
Además, no podrán tener antecedentes penales ni figurar como deudores alimentarios. Los candidatos también deberán rendir un examen oral y público ante la Asamblea Legislativa, donde tendrán que demostrar conocimientos en derecho administrativo.
Qué funciones tendrá
El Defensor del Pueblo podrá iniciar acciones judiciales y administrativas para investigar actos u omisiones de la administración provincial que resulten ilegítimos, arbitrarios o negligentes. También supervisará la prestación de servicios públicos y podrá recibir denuncias sobre medio ambiente, salud y educación.
La norma lo habilita a pedir informes a organismos públicos de todos los niveles, tomar declaraciones testimoniales, hacer inspecciones y proponer modificaciones a leyes que generen situaciones injustas. Las quejas podrán presentarse por escrito o de forma verbal, serán reservadas y no tendrán costo para el ciudadano. Se creará además una línea telefónica gratuita para canalizar reclamos.
Mandato y participación ciudadana
El cargo durará dos años, con posibilidad de una sola reelección consecutiva. El funcionario actuará con autonomía funcional, sin recibir instrucciones de ninguna autoridad, y decidirá por resolución fundada qué casos toma.
La actividad no se interrumpirá durante el receso legislativo. Antes del 1° de mayo de cada año, el Defensor deberá presentar un informe de gestión que se publicará en internet y se debatirá en una audiencia pública. También podrá convocar audiencias para escuchar a la ciudadanía e impulsar consultas populares no vinculantes.