Santa Cruz: la quita del 100% en intereses y multas tiene fecha límite y muchos no lo saben
La quita del 100% en intereses y multas parecía el beneficio estrella del régimen de ASIP, pero tiene fecha de vencimiento: después de noviembre, el descuento empieza a achicarse mes a mes. Y hay un grupo de contribuyentes que, aunque quiera, no accede a la quita completa.
La Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos (ASIP) abrió la puerta para que los contribuyentes con deudas impositivas pendientes puedan regularizar su situación con un beneficio que, en el mejor de los casos, borra por completo los intereses y las multas. La medida ya está en marcha y quedó formalizada a través de la norma 165/2026, difundida en el Boletín Oficial provincial el 28 de octubre.
El régimen alcanza a las obligaciones del Impuesto de Sellos que hayan vencido hasta el 30 de septiembre de 2026, incluidas aquellas que ya derivaron en un reclamo judicial.
El descuento que se achica con el correr de los meses
El corazón del beneficio está en la quita de los accesorios: intereses resarcitorios, punitorios y multas. No toca el capital del tributo adeudado, que deberá pagarse íntegro.
El porcentaje de condonación depende del momento en que se cancele la deuda. Quien pague al contado durante noviembre accede al 100% de quita. Después, la escala va bajando:
— Hasta el 30 de noviembre de 2026: 100% de intereses y multas.
— Del 1 al 31 de diciembre de 2026: 80%.
— Del 1 al 31 de enero de 2027: 60%.
Quiénes quedan incluidos y qué requisitos extra hay
Pueden adherir contribuyentes y responsables con deudas del Impuesto de Sellos, ya sean obligaciones declaradas o no declaradas. También entran las que ya están siendo reclamadas en la Justicia.
Ese último grupo, sin embargo, debe cumplir pasos adicionales: el allanamiento en la causa y el pago de las costas, las tasas judiciales y los honorarios. Esos montos quedan afuera de cualquier descuento.
Cómo se hace el trámite
La adhesión es exclusivamente digital. El contribuyente debe ingresar a www.asip.gob.ar, entrar al trámite de regularización, consolidar su deuda y presentar la documentación que exige el organismo.
Para acceder al porcentaje de quita, el pago debe ser al contado. Además, quien se suma al régimen renuncia a reclamar más adelante la devolución del tributo declarado, sus intereses y multas, tal como fija la normativa.
La ventana para ingresar cierra el 31 de enero de 2027, pero el 100% de condonación solo estará disponible para quienes completen el pago antes del 30 de noviembre de 2026.