Santa Cruz aprobó por unanimidad el Colegio de Enfermería: qué tareas quedaron declaradas insalubres
La nueva ley establece un régimen de sanciones que puede llegar hasta la expulsión del Colegio, y también habilita un beneficio laboral para los enfermeros que trabajan en áreas críticas.
La Cámara de Diputados de Santa Cruz dio luz verde este jueves, con el voto unánime de todos los bloques, a la creación del Colegio Profesional de Enfermería de la provincia. Se trata de una demanda histórica del sector, que ahora tendrá un organismo propio para regular la actividad y defender los derechos de los trabajadores.
Una vez que el Poder Ejecutivo promulgue la ley, la nueva entidad será la encargada de administrar la matrícula, fiscalizar el ejercicio profesional y aplicar el régimen disciplinario que establece la normativa. Funcionará como una persona jurídica de derecho público no estatal, con autonomía funcional, institucional, administrativa y financiera, y tendrá su sede en Puerto San Julián, aunque su alcance cubrirá todo el territorio santacruceño.
Quiénes podrán ejercer y qué cambios implica
La ley reserva el ejercicio de la enfermería a quienes cuenten con título habilitante y matrícula vigente otorgada por el Colegio. Quienes no cumplan esos requisitos no podrán trabajar en la profesión, y las instituciones públicas o privadas que contraten personal sin la matrícula correspondiente podrían ser consideradas responsables solidarias ante las consecuencias del ejercicio ilegal.
Los auxiliares de enfermería quedarán bajo registro y supervisión técnica del organismo, aunque no participarán del gobierno de la matrícula ni de los órganos de conducción.
Derechos, obligaciones y el capítulo de la insalubridad
Entre los derechos reconocidos a los matriculados figuran el ejercicio con autonomía técnica y científica, el acceso a capacitación permanente, el patrocinio del Colegio ante afectaciones de sus derechos profesionales y la posibilidad de denunciar la falta de equipos de bioseguridad.
En el capítulo de obligaciones, los profesionales deberán actuar con competencia y diligencia, respetar el secreto profesional y denunciar los casos de ejercicio ilegal de los que tomen conocimiento. También tendrán que mantener actualizada su matrícula y someterse a los procedimientos disciplinarios.
Uno de los puntos más salientes de la norma es la declaración de insalubridad para varias tareas del sector. Quedaron incluidas las que se desarrollan en terapia intensiva, emergencias, unidades neuropsiquiátricas, áreas con riesgo de enfermedades infectocontagiosas, y también las vinculadas con radiaciones, atención oncológica, neonatología, hemodiálisis y cirugía de alta complejidad.
Esa declaración tendrá efectos en la aplicación de las normas laborales, previsionales y de salud ocupacional, incluida la jornada reducida y los beneficios previsionales correspondientes. Además, el Colegio podrá pedir ante la autoridad laboral provincial que se declare la insalubridad de otros puestos no contemplados inicialmente.
Qué funciones tendrá el nuevo organismo
El Colegio deberá redactar sus estatutos, crear un Código de Ética Profesional, llevar un Registro Provincial de Especialidades y promover delegaciones en el interior. También podrá actuar como órgano consultivo ante instituciones públicas y privadas en temas de salud y políticas sanitarias.
La normativa incorpora una mirada hacia el futuro: entre sus objetivos está impulsar la formación en teleenfermería, inteligencia artificial aplicada a la salud, historia clínica digital y análisis de datos sanitarios. También podrá intervenir ante situaciones de violencia laboral e institucional contra los profesionales y organizar congresos, jornadas y sistemas de recertificación periódica.
Cómo se elegirán las autoridades
La conducción estará integrada por una Asamblea, una Comisión Directiva, una Comisión Revisora de Cuentas, un Tribunal de Disciplina y una Junta Electoral. Las autoridades se elegirán por voto secreto, directo y personal de los matriculados, con representación proporcional entre mayoría y minoría.
El Tribunal de Disciplina podrá aplicar sanciones que van desde advertencias y amonestaciones hasta multas, suspensión del ejercicio por hasta 12 meses y, en los casos más graves, la cancelación de la matrícula y expulsión.
Los plazos que vienen
Según las disposiciones transitorias, dentro de los 120 días posteriores a la promulgación deberá convocarse a una Asamblea Constitutiva para aprobar el estatuto y fijar la fecha y el lugar de la primera elección de autoridades. El Poder Ejecutivo Provincial tendrá 180 días para reglamentar la norma.
Con esta aprobación unánime, Santa Cruz da un paso institucional clave para un sector que sostiene gran parte del sistema de salud provincial.