Salió en libertad condicional y a los pocos meses ya tenía seis delitos encima: el final que no esperaba

Había recuperado la libertad en noviembre de 2025 y parecía encaminado. Pero entre diciembre y junio acumuló seis delitos, y la Justicia de Esquel le puso una cifra final que lo devuelve a la cárcel por mucho tiempo. ¿Qué pasó en el medio?

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Salió en libertad condicional y a los pocos meses ya tenía seis delitos encima: el final que no esperaba
Salió en libertad condicional y a los pocos meses ya tenía seis delitos encima: el final que no esperaba

Una nueva condena le puso fin al beneficio que había conseguido en noviembre de 2025. Matías Joel Vargas Anríquez deberá cumplir una pena global de ocho años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo, luego de que se acreditara que cometió seis nuevos delitos mientras gozaba de la libertad condicional.

La decisión se adoptó en una audiencia de ejecución penal realizada en Esquel. El condenado había egresado del establecimiento penitenciario el 3 de noviembre de 2025, tras acceder a la libertad condicional en el marco de una condena de cinco años de prisión dictada en agosto de 2022.

La seguidilla que lo devolvió a prisión

Apenas un mes después de recuperar la libertad, según quedó acreditado, comenzó una nueva serie de hechos delictivos. En total, se registraron seis episodios ocurridos entre diciembre de 2025 y junio de 2026.

Las fechas precisas de esos hechos fueron el 9 de diciembre de 2025, el 18 de enero, el 13 de febrero, el 18 de mayo, el 6 de junio y el 10 de junio de 2026.

Esa nueva secuencia dio origen a otra causa penal que derivó, el pasado 26 de agosto de 2026, en un juicio abreviado. En ese proceso fue condenado a tres años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo por los delitos de robo, estafa y amenazas.

El pedido de la Fiscalía

Frente a esta situación, la funcionaria de Fiscalía Sofía Torres solicitó formalmente que se revoque el beneficio de libertad condicional. El pedido se fundamentó en el artículo 15 del Código Penal y en la Ley 24.660 de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad, normas que establecen el cese del beneficio ante la comisión de nuevos delitos.

La audiencia también permitió determinar cómo debía unificarse la condena anterior con la nueva pena impuesta.

La suma que definió la pena

De acuerdo con las modificaciones introducidas al artículo 58 del Código Penal por la Ley 27.785, la unificación debía realizarse mediante una suma aritmética de las penas. De esta manera, se consideraron los cinco años de la primera condena y los tres años y seis meses de la segunda, lo que arrojó un total de ocho años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo.

Por lo tanto, el condenado perdió el beneficio de libertad condicional y deberá cumplir la pena global de ocho años y seis meses de prisión efectiva.

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