Revés judicial para un condenado por abuso y homicidio: no podrá salir sin custodia
Carlos Alberto Soñé, condenado por abuso y homicidio, había conseguido que un juez le permitiera salir de la cárcel sin custodia, bajo la tutoría de su madre. Lo que revelaron los informes psicológicos y la actitud de la mujer terminaron por voltear esa decisión.
Carlos Alberto Soñé, condenado a 30 años de prisión por el abuso sexual de un menor que murió a raíz de esos hechos, no podrá salir de la cárcel sin supervisión policial. Un tribunal revisor le revocó el beneficio que un juez de garantías le había otorgado días atrás, en el marco de una causa que ya lleva más de dos décadas.
La condena original data de 2004, según informó Prensa del Poder Judicial de Neuquén. Desde hace varios años, Soñé accedía a salidas transitorias con custodia policial, un derecho que forma parte del régimen de progresividad penitenciaria y que busca la reinserción social del detenido bajo determinadas condiciones.
El pedido de libertad condicional y los informes psicológicos
El pasado 3 de septiembre, un juez de garantías rechazó el pedido de la defensa para que Soñé obtuviera la libertad condicional. La decisión se basó en los informes psicológicos del expediente, que advierten sobre un riesgo alto de reincidencia y describen rasgos de perversión en el condenado.
Según ese material, Soñé presenta "rasgos parafilícos pedofílicos no reducidos al incesto", lo que implica una atracción sexual hacia menores que no se limita al ámbito familiar. Además, el informe señala que el hombre no adhiere a los espacios terapéuticos propuestos, un punto que la fiscalía consideró clave al momento de cuestionar la resolución.
La salida sin custodia que generó polémica
En esa misma resolución, el juez había habilitado que una de las tres salidas transitorias mensuales de Soñé se realizara sin consigna policial, bajo la tutoría de su madre. La fiscalía apeló esa medida por considerarla incongruente con los informes que marcan el peligro de reincidencia.
Según el planteo del Ministerio Público Fiscal, la actitud de la madre de Soñé fue determinante para impugnar la decisión. La mujer, prevista como tutora, no mostró una postura reflexiva sino negadora respecto del delito por el que fue condenado su hijo, de acuerdo con lo señalado ante el tribunal revisor.
El fallo del tribunal revisor
El tribunal de revisión, integrado por los jueces Lucas Yancarelli, Juan Guaita y Carolina García, confirmó por unanimidad el rechazo a la libertad condicional y revocó la salida sin supervisión policial. La resolución se fundamentó en el informe criminológico negativo, que según los magistrados no permite garantizar la confianza necesaria para autorizar ese tipo de egresos.
De esta manera, Soñé no podrá realizar salidas transitorias sin la presencia de personal policial. El expediente seguirá bajo el seguimiento de los organismos técnicos que evalúan periódicamente su situación, en un proceso que continúa bajo control judicial mientras se mantenga vigente el beneficio de las salidas con custodia.