Resbaló en el supermercado, la culparon a ella y cinco años después la Justicia dijo otra cosa
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Resbaló en el supermercado, la culparon a ella y cinco años después la Justicia dijo otra cosa

Entró a comprar al Día de San Martín, resbaló con un charco y se rompió el brazo. La cadena y la franquiciada le echaron la culpa a sus sandalias, pero la Justicia no les creyó y ahora deberán pagar una cifra millonaria.

Una mujer de 64 años entró a hacer las compras a un supermercado Día de San Martín y salió con una fractura en el brazo derecho. El piso estaba mojado, no había ninguna señalización y nadie del local la ayudó a levantarse. Casi cinco años más tarde, la Justicia resolvió que la cadena y la franquiciada deberán pagarle $42.500.000 más intereses.

La sentencia la firmó Elina Mercedes Fernández, jueza del Juzgado Civil y Comercial N.º 10 de San Martín. Para la magistrada, ambas empresas incumplieron con su obligación de garantizar que los clientes puedan circular seguros por el local.

Cómo fue la caída que terminó en juicio

El episodio ocurrió el 24 de enero de 2021, pasadas las 13.30, en la sucursal de la calle 1.º de Mayo 6045. La mujer, identificada en el expediente como P.A.A., recorría los pasillos y elegía productos cuando resbaló y cayó al piso. El golpe le afectó el brazo derecho y el pie izquierdo.

Según contó en su demanda, quedó en el suelo con dolores intensos y sin poder incorporarse. Empezó a pedir ayuda y fue en ese momento cuando notó que la superficie estaba húmeda y que no había ningún cartel que advirtiera del riesgo. La socorrió otra clienta; los empleados del supermercado, según su relato, no se acercaron.

Una testigo que estaba en el comercio respaldó esa versión: declaró que vio a la mujer tirada cerca de una heladera que tenía un charco de agua debajo.

Una ambulancia la llevó al Hospital Municipal Dr. Diego Thompson. Los médicos diagnosticaron una fractura del húmero proximal derecho en múltiples fragmentos. Tuvo el brazo inmovilizado y encaró sesiones de rehabilitación hasta que le dieron el alta el 15 de junio de 2021.

Un traumatólogo que la evaluó determinó que la lesión le dejó una incapacidad parcial y permanente del 28%, con movilidad reducida en el hombro derecho.

Qué argumentó la defensa para no pagar

La mujer demandó por daños y perjuicios a Día Argentina S.A. La empresa rechazó la responsabilidad: sostuvo que el local lo manejaba una franquiciada independiente y que no estaba a cargo directo de la operación.

La franquiciada, por su parte, ensayó otra hipótesis: que la mujer se tropezó con su propio calzado y que el piso no estaba mojado. Argumentó que llevaba sandalias de verano y que no había comido antes de salir de su casa. También afirmó que sus empleados intentaron asistirla.

La jueza Fernández no les creyó. Tras analizar las pruebas del juicio, concluyó que la caída se produjo por el estado resbaladizo del suelo.

Por qué la franquicia no la salvó de la condena

El fallo remarcó que tanto la cadena como la franquiciada tenían la obligación de mantener las instalaciones en condiciones para evitar accidentes, tal como establece la Ley de Defensa del Consumidor.

En ese marco, la jueza señaló que las dos “incumplieron el deber tácito de garantía de seguridad respecto del tránsito dentro de sus instalaciones”.

Además, dejó un punto clave: el contrato de franquicia no libera a Día de su responsabilidad, porque el nombre comercial y la marca son los que generan confianza en los clientes que entran al local.

Cómo se compone la indemnización

La sentencia fijó $32.000.000 por la incapacidad física. A eso le sumó $10.000.000 por daño moral y $500.000 por gastos médicos, farmacéuticos y de traslado. El total asciende a $42.500.000, con los intereses correspondientes.

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