Reforma previsional en Entre Ríos: cómo se aplicará el descuento del 3% y qué pasa si hay errores en la liquidación
El gobierno provincial reglamentó la reforma previsional que impacta en un sector de los estatales. ¿Qué pasos deberán seguir los trabajadores si detectan un error en el recibo de sueldo?
El gobierno de Entre Ríos reglamentó la reforma previsional que impactará en el bolsillo de un sector de los trabajadores estatales. El Decreto 2667/26, firmado por el gobernador Rogelio Frigerio, establece cómo se aplicará el aporte extraordinario del 3% y qué mecanismos tendrán los agentes para reclamar si detectan inconsistencias en sus haberes.
La medida, que pone en marcha la Ley N° 11.302 de Restauración del Equilibrio y Fortalecimiento del Sistema Previsional, alcanza a aproximadamente el 5% de la planta activa de la administración pública provincial, según estimaciones oficiales.
¿Cómo se aplicará el descuento del 3%?
El punto central del decreto es la reglamentación del artículo 4° de la ley, que crea el Aporte Personal Extraordinario del 3% para los trabajadores estatales en actividad. Este descuento se sumará a los aportes previsionales existentes y se calculará de forma proporcional sobre los haberes brutos, desde el mes en que la norma entró en vigencia.
Para quienes se desempeñen en dos o más cargos, funciones o contratos dentro de la administración pública —incluyendo entes centralizados, descentralizados, autárquicos, autónomos, empresas del Estado y el Consejo General de Educación—, la reglamentación dispone que se acumulen todas las remuneraciones brutas percibidas en el mes para calcular la retención.
Quedan exceptuadas de esta acumulación las remuneraciones de los regímenes especiales de las Leyes N° 5.654 y N° 5.797, los sueldos liquidados por municipios y comunas, y los salarios de establecimientos de educación de gestión privada.
Además, el decreto aclara que los montos retroactivos cobrados por períodos anteriores deberán imputarse al mes en que fueron devengados, sin alterar el cálculo del mes en que se efectúe el pago real. Si un trabajador tiene altas, bajas o modificaciones en su situación de revista, esos cambios se ajustarán en las liquidaciones siguientes.
¿Cómo reclamar si hay errores en la liquidación?
La provincia estableció mecanismos de reclamo diferenciados. Para el sector docente y el personal del Consejo General de Educación, las quejas continuarán canalizándose a través del sistema digital RELI (Reclamo por error en liquidaciones), según la Resolución Nº 3221/2024 CGE.
Para el resto de la administración, los agentes tendrán un plazo de hasta 30 días corridos después del cobro de sus haberes —de acuerdo con el cronograma oficial— para presentar un reclamo escrito ante su superior jerárquico. Ese superior enviará el trámite al Servicio Administrativo Contable correspondiente, que tendrá un plazo improrrogable de 5 días hábiles para expedirse.
Si se confirma un error, el organismo deberá corregirlo detallando el período de enmienda y una fecha estimada de cobro. En caso de rechazo o silencio administrativo, los trabajadores podrán interponer un Recurso de Apelación Jerárquica bajo los términos de la Ley Nº 7.060.
Escuelas privadas, control financiero e invalidez
La reglamentación también alcanza a las transferencias para el sector educativo de gestión privada. Antes de efectivizar la subvención para salarios docentes, la Dirección General de Administración del CGE deberá retener de forma directa los aportes personales y las contribuciones patronales. Ese dinero se transferirá a la Caja de Jubilaciones y Pensiones, y luego se realizarán los ajustes contables de compensación o reintegro en futuras subvenciones.
Por otra parte, la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos fue designada como autoridad competente para normar el procedimiento de evaluación de los grados de invalidez e incapacidad laboral. También deberá informar al Ministerio de Economía sobre la nómina de empleadores adheridos que presenten superávit o déficit financiero, con una primera comunicación dentro de los cinco días hábiles de entrada en vigencia de la ley y actualizaciones en el mismo plazo ante cualquier modificación.
Contexto de resistencia gremial
La reglamentación llega después de un proceso legislativo que generó fuerte resistencia gremial. La Ley N° 11.302 obtuvo media sanción en el Senado provincial el 15 de julio y la sanción definitiva el 29 de julio en la Cámara de Diputados, y fue promulgada recientemente.
Durante el debate en comisiones, gremios nucleados en la Multisectorial en Defensa de la Caja de Jubilaciones, como la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer), mantuvieron un acampe de protesta frente a la Casa de Gobierno durante dos meses. Las votaciones en la legislatura estuvieron marcadas por masivas manifestaciones públicas, y diversos sectores ya anticiparon la presentación de recursos de amparo judicial por considerar la norma inconstitucional.