Rechazaron el juicio político contra dos jueces del STJ: el detalle que complicó la denuncia

¿Qué pasó con el pedido de juicio político contra los jueces del STJ? Los detalles de una denuncia que no superó el primer filtro legislativo.

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Rechazaron el juicio político contra dos jueces del STJ: el detalle que complicó la denuncia
Rechazaron el juicio político contra dos jueces del STJ: el detalle que complicó la denuncia

La Sala Acusadora de la Cámara de Diputados de La Pampa decidió frenar en seco el pedido de juicio político contra los ministros del Superior Tribunal de Justicia (STJ) Verónica Campo y Fabricio Losi. La denuncia, presentada por Liliana Ortiz, no superó el primer filtro legislativo.

Los legisladores consideraron que la acusación carecía de los requisitos mínimos para ser tramitada. Así, el expediente fue rechazado "in límine", sin siquiera abrir una instancia de discusión.

¿Quién está detrás de la denuncia?

Liliana Ortiz, junto a sus hermanos Carlos y Daniel, mantiene desde hace 24 años un litigio judicial para recuperar el inmueble donde funcionó la tradicional confitería La Recova. La disputa incluye la esquina del edificio y los locales comerciales lindantes.

La presentación apuntaba directamente contra un reciente fallo de la Sala A del STJ. Según la denunciante, Campo y Losi habrían cometido irregularidades al dictar esa resolución, que terminó favoreciendo a Antonio Corredera, el ocupante del inmueble.

Los argumentos que esgrimió la denuncia

Uno de los ejes centrales del planteo era que los magistrados habrían confundido la naturaleza del proceso. Lo que debía ser un juicio de desalojo fue analizado como una discusión sobre la posesión del inmueble. Para Ortiz, esto implicó una aplicación incorrecta del artículo 654 del Código Procesal Civil y Comercial de La Pampa.

La familia también apuntó contra la demora judicial. Señalaron que una de las etapas del expediente demandó 12 años y que llevan 24 intentando recuperar la propiedad. En ese marco, citaron fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, como "Suárez Rosero vs. Ecuador" y "Robins vs. Reino Unido", para sostener que se violó el principio del "plazo razonable".

¿Qué pasó con la cosa juzgada?

Otro de los cuestionamientos fue que los jueces habrían ignorado resoluciones judiciales firmes. Según la denuncia, Corredera ya había sido notificado 15 años atrás de que no tenía derechos sobre la propiedad. Para Ortiz, el nuevo fallo afectó el principio de cosa juzgada y la seguridad jurídica.

Además, calificó la decisión de arbitraria y sostuvo que vulneró el debido proceso, al apartarse del voto del ministro José Sappa, quien había entendido que el recurso de Corredera no debía prosperar. La denunciante afirmó que esa resolución lesionó las garantías del artículo 18 de la Constitución Nacional.

A pesar de los argumentos, la Sala Acusadora, integrada por los diputados María Luz Alonso, Patricia George, Espartaco Marín, Julián Aguilar, Enrique Juan y Maximiliano Aliaga Souto, no encontró fundamentos suficientes para avanzar con el juicio político.

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