Quieren prohibir los energizantes a menores en Salta: la multa que pagan los comercios

Multas de hasta 600 unidades tributarias y clausuras de 15 días: el proyecto que debate Salta por los energizantes pone la lupa en los comercios, pero todavía guarda una definición clave.

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Quieren prohibir los energizantes a menores en Salta: la multa que pagan los comercios
Quieren prohibir los energizantes a menores en Salta: la multa que pagan los comercios

El Concejo Deliberante de Salta tiene sobre la mesa un proyecto que busca impedir que los menores de 18 años compren o reciban bebidas energizantes en todo el ejido municipal. La iniciativa, del concejal José García (Yo Participo), sigue en análisis de la Comisión de Legislación General y combina sanciones para los comercios con campañas de difusión.

El texto no se limita a la venta: también alcanza el expendio y cualquier forma de suministro de estos productos a chicos y adolescentes. Las penalidades recaen sobre los locales que incumplan la norma.

Cómo se define qué es un energizante

Para delimitar qué productos quedan comprendidos, la propuesta se apoya en el encuadre que la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) les da como suplementos dietarios.

Entran en esa categoría las bebidas con o sin gas que tienen cafeína y taurina entre sus componentes principales, asociadas o no con glucuronolactona e inositol. También pueden incluir hidratos de carbono, vitaminas, minerales y aminoácidos, entre otros ingredientes autorizados.

Multas y clausuras

El esquema de sanciones arranca con multas de entre 150 y 300 unidades tributarias (UT) para la primera infracción. Si hay una segunda, la cifra sube a un rango de entre 300 y 600 UT.

En caso de reincidencia, el proyecto contempla además la clausura del establecimiento por hasta 15 días. Para los locales que no estén autorizados, prevé el decomiso de la mercadería y la clausura correspondiente, de acuerdo con la normativa vigente.

El debate con la industria

Uno de los ejes que discute el Concejo es el efecto que la restricción podría tener sobre los canales de comercialización. En un plenario participaron representantes de la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (COPAL), la Cámara Argentina de la Industria de Bebidas sin Alcohol (CADIBSA) y Bebidas Energizantes América Latina (BEAL).

Las entidades expusieron sobre la regulación vigente en el Código Alimentario Argentino y advirtieron sobre posibles consecuencias en la venta informal y en la trazabilidad de los productos, es decir, la posibilidad de seguir su recorrido comercial. También pusieron el acento en la importancia de impulsar campañas de concientización y educación alimentaria.

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