Pusieron sus huellas para sacar un DNI que no era de ellos: lo que pasó después los dejó sin salida
Pusieron sus huellas y sus fotos para sacar un DNI que no era de ellos, con un plan que incluía créditos y electrodomésticos. El Registro Civil de Pocito fue el escenario, pero lo que activó el sistema lo terminó de complicar: seis condenas quedaron firmes y las penas ya no se discuten.
La Cámara Federal de Casación Penal dejó firmes las condenas contra seis integrantes de la llamada banda de los DNI truchos del Registro Civil de Pocito, que intentó tramitar documentos de identidad con datos de otras personas para después pedir créditos y quedarse con electrodomésticos.
La resolución lleva la firma del juez Gustavo Hornos, quien ratificó las penas que había dictado Daniel Doffo, del Tribunal Oral Criminal de San Juan. Con esa decisión, las condenas contra los seis acusados quedaron confirmadas.
Quiénes son los condenados y qué pena recibió cada uno
Cuatro de los integrantes de la banda recibieron penas de un año y ocho meses de prisión en suspenso: Dayana Belén José, Dayana Sol Castro Cajal, Flavia de las Mercedes Vargas y Lucas Alfonsa González.
Carlos Fabián Prato, en tanto, fue condenado a un año y diez meses, mientras que Analia Edith Rosales recibió la pena más alta del grupo: dos años y dos meses. En todos los casos se trata de condenas de cumplimiento condicional.
Cómo operaba la banda en Pocito
Según la investigación judicial, entre 2024 y 2025 los acusados se presentaron en el Registro Civil de Pocito y dejaron sus huellas dactilares y fotografías para iniciar trámites de DNI con identidades ajenas.
El objetivo era usar esos documentos para acceder a créditos y obtener electrodomésticos. Sin embargo, nunca lograron quedarse con los DNI: el sistema de seguridad del Registro Nacional de las Personas (RENAPER) detectó las irregularidades y activó las alertas que frenaron las gestiones.
El planteo de la defensa
La defensa había cuestionado la posibilidad de condenar a los acusados por tentativa de falsedad ideológica. El defensor público oficial Esteban Chervin sostuvo que, al tratarse de documentos originales con información falsa, ese delito no admitía una modalidad tentada. También argumentó que las acciones realizadas no habían superado la etapa de preparación.
Como argumento subsidiario, la defensa señaló que la maniobra era inidónea o aparente, porque las estadísticas del RENAPER indicaban que las posibilidades de obtener un DNI a nombre de otra persona eran prácticamente nulas.
Por qué Casación rechazó el planteo
El juez Hornos desestimó esos argumentos. Consideró que la falsedad ideológica sí admite la tentativa y que los acusados habían avanzado más allá de los actos preparatorios al ingresar sus datos biométricos en el sistema para tramitar los documentos.
Antecedentes: otros ya habían caído
Antes de esta resolución, otros integrantes de la banda ya habían sido condenados mediante juicios abreviados. En esos casos, los acusados lograron usurpar la identidad de cuatro personas y obtener documentos que después usaron para conseguir créditos.
La nueva decisión judicial ratifica las condenas contra quienes intentaron maniobras similares en el Registro Civil de Pocito, pero fueron detectados antes de concretar la obtención de los DNI.