Presentó los avales de una lista en Servicoop y terminó en juicio: qué resolvió la jueza

Avales con firmas que varios vecinos no reconocieron y hasta documentación de personas fallecidas: eso fue lo que se debatió en el juicio por las elecciones de delegados de Servicoop. La jueza tenía que definir un punto clave y su respuesta cambió todo.

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Presentó los avales de una lista en Servicoop y terminó en juicio: qué resolvió la jueza
Presentó los avales de una lista en Servicoop y terminó en juicio: qué resolvió la jueza

La jueza penal María Alejandra Hernández absolvió a Germán Darío Martinelli en el juicio por el uso de documentos falsos vinculados con la presentación de avales de la Lista 55 Blanca para las elecciones de delegados de Servicoop de diciembre de 2024.

Martinelli había sido acusado por el Ministerio Público Fiscal como autor del delito de uso de documento falso, previsto en los artículos 45 y 296 del Código Penal.

Qué sostuvo la Fiscalía

Durante el debate, la Fiscalía afirmó que la presentación contenía avales con firmas que distintas personas dijeron no reconocer, además de documentación correspondiente a personas fallecidas. Según el planteo, Martinelli había presentado personalmente las planillas en su carácter de apoderado de la lista.

Ese fue el eje de la acusación: el uso de documentos falsos en el armado de los avales que respaldaban la candidatura.

El argumento central de la jueza

La jueza, en cambio, consideró que podría suceder que Martinelli no conociera la falsedad de las firmas al momento de utilizar las planillas. Esa duda fue determinante para el desenlace del juicio.

Hernández también señaló que, si bien los testigos no reconocieron su firma en el debate, faltó una pericia caligráfica que acreditara técnicamente la falsedad de las firmas cuestionadas. Para la magistrada, los testimonios de las personas que no las reconocieron no resultaban suficientes, por sí solos, para demostrar el conocimiento del imputado.

Duda razonable e in dubio pro reo

Finalmente, Hernández sostuvo que no se había alcanzado el grado de certeza necesario para una condena y que subsistía una duda razonable acerca de si Martinelli conocía la falsedad de los avales o si, por el contrario, pudo haber sido víctima de errores producidos durante la recolección de las planillas.

En consecuencia, aplicó el principio in dubio pro reo y dispuso su absolución.

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