Prefectura Naval cambia los requisitos para matricular embarcaciones: qué pasa con los que deben la tasa
La nueva norma de la Prefectura elimina un castigo automático para los deudores de la tasa anual, pero incorpora trámites que los dueños de embarcaciones deberán cumplir. Qué cambia desde ahora.
La Prefectura Naval Argentina puso en marcha una nueva normativa que modifica los trámites para matricular embarcaciones, con un impacto directo en la navegación deportiva y de recreación. La medida elimina la prohibición automática de navegar por falta de pago de la Tasa Fija Anual, uno de los cambios más esperados por los propietarios.
La disposición 1053/2026, firmada el 26 de agosto por el Prefecto Nacional Naval, fue publicada en el Boletín Oficial este viernes 28 de agosto y ya está en vigencia. Se enmarca en la Ley General de la Prefectura Naval Argentina N° 18.398 y en el Régimen de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre (REGINAVE).
Qué cambia para los dueños de embarcaciones
La nueva ordenanza, la N° 1-26, reemplaza a la anterior y trae varios cambios. El principal es que ya no regirá la prohibición automática de navegar para quienes no hayan pagado la Tasa Fija Anual por Renovación de Matrícula. Hasta ahora, esa deuda impedía la navegación de manera inmediata; con la nueva norma, se busca agilizar los trámites administrativos.
Pero también se suman obligaciones. El propietario deberá presentar una declaración jurada en la que conste que la embarcación está en condiciones adecuadas para navegar y que quien la va a manejar tiene la documentación habilitante correspondiente.
Otro punto es la posibilidad de que, dentro del Régimen Simplificado, intervenga una Organización Reconocida o un profesional matriculado ante el Consejo Profesional de Ingeniería Naval. Esto apunta a agilizar ciertos trámites que antes requerían más pasos.
Motores y trámites de importación
En cuanto a los motores, la normativa establece que será obligatorio inscribir los fuera de borda de 85 kilowatts de potencia o más. Para los de menor potencia, la inscripción seguirá siendo opcional.
Para las embarcaciones o motores que se importen o exporten, el propietario podrá optar por presentar el certificado de despacho a plaza o exportación emitido por ARCA, o bien una simple declaración jurada sobre el trámite realizado.
La Prefectura también actualizó los formularios, con el objetivo de que sean más fáciles de completar, y eliminó algunos requisitos técnicos que se exigían hasta ahora, como ciertos trámites ante el Departamento Técnico de la Navegación. Así, la norma se centra exclusivamente en los aspectos administrativos.
Cómo se gestó el cambio
Para elaborar esta modificación, la Prefectura conformó un equipo de trabajo interdisciplinario con personal técnico especializado. La propuesta fue revisada por la Dirección de Inspectoría General y por la Dirección de Planeamiento del organismo, que verificaron que cumpliera con la normativa vigente. También intervino la Asesoría Jurídica de la institución antes de su aprobación final.
La disposición lleva las firmas de Guillermo José Giménez Pérez, Marcelo Adrián del Giorgio y Alejandro Paulo Annichini.