Pidió un crédito de $9.000 en 2009, murió y ahora la Justicia obliga a su familia a pagar una cifra que no esperaban

¿Pensaban que la deuda se extinguía con la muerte? La Justicia de Bahía Blanca falló contra los herederos de un hombre que pidió un crédito en 2009. El monto final incluye intereses que nadie esperaba.

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Pidió un crédito de $9.000 en 2009, murió y ahora la Justicia obliga a su familia a pagar una cifra que no esperaban
Pidió un crédito de $9.000 en 2009, murió y ahora la Justicia obliga a su familia a pagar una cifra que no esperaban

Un préstamo de $9.000 solicitado hace más de una década terminó convertido en una pesadilla judicial para los herederos de un hombre de Bahía Blanca. La Justicia ordenó que la familia pague una suma que incluye intereses acumulados durante casi 20 años.

El caso se tramitó en el Juzgado en lo Civil y Comercial N° 7 de Bahía Blanca. La jueza María Fernanda Arzuaga falló a favor de una sociedad anónima estatal que había otorgado la garantía para el crédito. Los herederos fueron notificados y ahora deberán desembolsar una cantidad que pocos imaginaban.

¿Cómo se originó esta deuda imposible?

En 2009, Ángel (nombre ficticio) pidió un crédito de $9.000 al Banco Provincia de Bahía Blanca. En ese momento, el monto equivalía a unos 2.400 dólares, una suma considerable. Para obtenerlo, recurrió al Fondo de Garantía de Buenos Aires (FO.GA.BA. SAPEM), una sociedad anónima estatal bonaerense que facilita el acceso al crédito mediante garantías.

La sociedad le otorgó una fianza por el 75% del monto, es decir, $6.750. Como Ángel no pagó el total del crédito, FO.GA.BA. debió cubrir esa suma ante el banco y luego inició un reclamo judicial para recuperar el dinero.

El hombre falleció en 2024. El proceso se trasladó entonces a sus herederos, quienes, pese a estar notificados, no se presentaron a defenderse. Fueron declarados rebeldes en el expediente.

El fallo que nadie esperaba

La jueza Arzuaga resolvió que los herederos deberán pagar a FO.GA.BA. SAPEM la suma de $6.750, correspondiente a la fianza abonada en 2009, más intereses. Ese monto, calculado desde el 25 de junio de 2009 hasta la actualidad, no incluye intereses compensatorios, moratorios ni punitorios del contrato original.

En el fallo, la magistrada aclaró que los herederos solo responderán hasta el límite de los bienes recibidos en la sucesión, y no con su patrimonio personal. Además, deberán afrontar las costas del proceso judicial.

La sentencia quedó registrada a mediados de julio y otorga un plazo de diez días para el pago una vez que quede firme.

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