Pagan en la factura de luz un tributo que no les corresponde: la Justicia tomó una decisión clave

La Justicia citó a una audiencia por el cobro del 6% en la boleta de luz y, lejos de cerrar el reclamo, sumó a un organismo clave que ahora tiene cinco días para responder. Lo que definió la Sala de Amparo.

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Pagan en la factura de luz un tributo que no les corresponde: la Justicia tomó una decisión clave
Pagan en la factura de luz un tributo que no les corresponde: la Justicia tomó una decisión clave

Un grupo de vecinos de Catamarca que reclama por un cobro que consideran indebido en la boleta eléctrica sumó un nuevo avance en su pelea judicial. En la Corte de Justicia provincial se realizó una audiencia de conciliación en el marco del amparo colectivo contra EC SAPEM, la empresa que presta el servicio de energía, por el cobro del 6% en concepto de Tasa de Ocupación del Espacio Aéreo.

La acción judicial cuestiona que ese tributo municipal, que según los demandantes debería ser absorbido por la prestadora, termine trasladándose a los usuarios en cada factura. El abogado de los amparistas, Fernando Navarro, explicó tras el encuentro que la tasa está fijada por el Código Tributario Municipal para quienes ocupan la vía pública con cableados y postes.

"La ordenanza claramente establece quién es el obligado al pago: es el titular del tendido eléctrico. EC SAPEM es el contribuyente que ocupa el espacio aéreo municipal, pero traslada ese concepto a los vecinos en la factura de luz, vulnerando la normativa y el principio de legalidad tributaria", señaló el letrado.

Quiénes participaron de la audiencia

La audiencia estuvo integrada por la Sala de Amparo, conformada por los jueces Figueroa Vicario, Jorge Bracamonte y Fabiana Gómez. Asistieron autoridades de la empresa, entre ellas el licenciado Alfredo Marchioli, y un nutrido grupo de vecinos que forman parte del amparo colectivo.

Tras el debate, se resolvió incorporar al proceso al Ministerio de Producción en su carácter de órgano de control de los servicios públicos. A esa cartera se le correrá traslado por cinco días antes de que la causa avance hacia una nueva instancia o el dictado de la sentencia.

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