Nuevo alivio para contribuyentes: ARCA prorroga la DDJJ de Ganancias y los anticipos

ARCA extendió los plazos para presentar la declaración jurada de Ganancias 2025 y pagar el primer anticipo. ¿Hasta cuándo hay tiempo? Los detalles.

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Nuevo alivio para contribuyentes: ARCA prorroga la DDJJ de Ganancias y los anticipos
Nuevo alivio para contribuyentes: ARCA prorroga la DDJJ de Ganancias y los anticipos

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) volvió a mover las fechas del calendario impositivo: la declaración jurada de Ganancias 2025, que vencía el 27 de agosto, ahora se podrá presentar hasta el 22 de septiembre de 2026. La medida también alcanza al primer anticipo del período fiscal 2026.

La decisión no fue casual: se tomó en medio de la expectativa por el tratamiento en Diputados de la reforma al régimen de “Inocencia Fiscal”, previsto para el 26 de agosto, un día antes del vencimiento original.

¿Por qué se extendió el plazo?

Asociaciones profesionales de Ciencias Económicas habían solicitado una nueva prórroga ante la posibilidad de que la reforma legislativa modificara el alcance de las obligaciones. El objetivo era que contribuyentes y contadores pudieran conocer con precisión los cambios antes de presentar la documentación.

Finalmente, ARCA decidió ampliar el cronograma. La presentación de la DDJJ de Ganancias 2025 se extenderá hasta el 22 de septiembre de 2026, mientras que el primer anticipo de Ganancias 2026, que originalmente vencía los días 14, 15 y 16 de septiembre según terminación de CUIT, se prorroga al 24 de septiembre de 2026.

El dilema del “tapón fiscal”

Uno de los puntos más conflictivos era el esquema excepcional establecido por la ex AFIP para el período fiscal 2025, donde el pago del saldo de Ganancias vencía antes que la presentación de la declaración jurada. El calendario original establecía el 27 de julio para pagar el saldo y el 27 de agosto para presentar la DDJJ.

Esto generó dudas: ¿qué pasaba si un contribuyente pagaba el estimado en julio y luego, al confeccionar la declaración, descubría que debía una diferencia? ¿Podía perder los beneficios de la Ley 27.799, como el efecto liberatorio del pago o la presunción de exactitud (el “tapón fiscal”)?

Un dictamen conjunto de la Dirección Nacional de Impuestos y la Dirección General de Impuestos trajo tranquilidad: si el contribuyente pagó el 27 de julio y luego cancela la diferencia dentro del nuevo plazo, mantiene los beneficios. Esto es clave para quienes adhirieron al Régimen de Declaración Jurada Simplificada de Ganancias 2025.

Con la prórroga, los contribuyentes dispondrán de casi un mes adicional para cumplir con sus obligaciones. El nuevo esquema queda así:

Presentación DDJJ Ganancias 2025: 22 de septiembre de 2026.
Primer anticipo Ganancias 2026: 24 de septiembre de 2026.

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