Nueva prórroga para Ganancias: ¿hasta cuándo hay tiempo para presentar la declaración jurada?

ARCA prorrogó el plazo para presentar la declaración jurada de Ganancias. ¿Hasta cuándo hay tiempo? Enterate de las nuevas fechas y qué pasó con Bienes Personales.

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Nueva prórroga para Ganancias: ¿hasta cuándo hay tiempo para presentar la declaración jurada?
Nueva prórroga para Ganancias: ¿hasta cuándo hay tiempo para presentar la declaración jurada?

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) confirmó este martes una nueva extensión del plazo para presentar la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025. La medida, oficializada mediante la Resolución General 5890/2026, también corre el vencimiento del primer anticipo de 2026, aunque no modifica la fecha límite para el pago del saldo, que ya venció el 27 de julio.

Según informó el organismo, la prórroga alcanza tanto a los contribuyentes del Régimen General como a los que utilizan el Régimen de Declaración Jurada Simplificada. La nueva fecha para presentar la declaración jurada es el 22 de septiembre de 2026, reemplazando al vencimiento del 27 de agosto que había sido establecido previamente.

¿Por qué se extendió el plazo?

Desde ARCA explicaron que la postergación responde a “razones de administración tributaria” y busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Esta no es la primera modificación al cronograma de Ganancias: en una primera instancia, el organismo había extendido el plazo hasta el 27 de julio para presentar las declaraciones y cancelar los saldos. Luego, otorgó una prórroga adicional hasta el 27 de agosto, exclusivamente para la presentación.

Ahora, con esta nueva resolución, el calendario queda con dos vencimientos clave en septiembre. El martes 22 será el último día para presentar la declaración jurada correspondiente a 2025, mientras que el jueves 24 vencerá el plazo excepcional para ingresar el primer anticipo del período fiscal 2026. Este último pago, originalmente previsto para agosto, fue postergado hasta el 24 de septiembre.

¿Qué pasa con Bienes Personales?

En tanto, el impuesto sobre los Bienes Personales no sufrió cambios. Para el período fiscal 2025, tanto la presentación de la declaración jurada como el eventual pago del saldo mantienen como fecha límite el 27 de julio de 2026.

La Resolución General 5890/2026, firmada por el director ejecutivo de ARCA, Andrés Edgardo Vázquez, entró en vigencia este martes tras su publicación en el Boletín Oficial. Los contribuyentes alcanzados deberán estar atentos a los nuevos plazos para evitar sanciones.

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