Nueva ley en Paraná: el requisito que ahora exigen para usar monopatines eléctricos
Paraná aprobó una ordenanza que cambia las reglas para circular en monopatín eléctrico: ahora hay que cumplir una serie de requisitos y los que no lo hagan van a sentir el impacto en el bolsillo. Pero el monto de las multas y el tiempo para adaptarse no son lo que muchos imaginan.
El Concejo Deliberante de Paraná aprobó este martes una ordenanza que regula la circulación de monopatines eléctricos, bicicletas eléctricas, segways y otros vehículos de movilidad personal (VMP). La norma establece un registro municipal gratuito, seguro obligatorio, uso de casco y multas que pueden llegar a los $683.400.
La iniciativa fue impulsada por la concejal Luisina Minni (PJ) y apunta a ordenar la convivencia entre conductores, ciclistas y peatones. Quedaron excluidos los vehículos para personas con movilidad reducida y las motos eléctricas o velocípedos que ya tienen su propio régimen.
Qué exigencias tendrán los vehículos y los conductores
Para circular, los VMP deberán contar con frenos eficaces, luces delantera y trasera visibles de noche o con poca luz, y un dispositivo de alerta sonora. Además, los conductores tendrán que usar casco homologado y elementos reflectivos en la ropa, el casco o los accesorios.
También será obligatorio contratar un seguro de responsabilidad civil que cubra daños a terceros. La edad mínima para manejar estos vehículos será definida por la reglamentación, pero en ningún caso podrá ser inferior a 16 años. Para los modelos de mayores prestaciones que se asemejen a motos, podrán pedir licencia de conducir.
Dónde se podrá circular y qué queda prohibido
Los VMP deberán usar ciclovías o bicisendas cuando existan. Si no las hay, irán por el margen derecho de la calzada, en el sentido del tránsito y sin molestar a otros vehículos. Podrán transitar por calles y avenidas, salvo que la autoridad lo prohíba por seguridad vial.
Pero no podrán circular por veredas, plazas, parques ni zonas peatonales. Tampoco por rutas, autopistas, semiautopistas o accesos restringidos. Y algo importante: estos vehículos son solo para el conductor. No se puede llevar a otra persona, animales ni cargas.
Mientras se conduce, está prohibido usar celular, auriculares o cualquier dispositivo que distraiga. Tampoco se puede manejar con alcohol o drogas en el cuerpo; en el caso del alcohol, alcanza con cualquier nivel de concentración detectable.
Registro gratuito y multas de hasta $683.400
Se creará un Registro Municipal de Vehículos de Movilidad Personal, con inscripción obligatoria y gratuita. Allí se anotarán nombre, apellido, domicilio del dueño, marca, modelo y número de serie del vehículo. No inscribirse será una de las faltas sancionables.
Las multas irán de 100 a 300 Unidades Fijas (UF). Con la UF en $2.278, eso da entre $227.800 y $683.400, según la gravedad. Circular sin registro, sin seguro o sin casco son algunas de las infracciones previstas.
Aunque las sanciones no se aplicarán de inmediato: hay un plazo de gracia de seis meses desde que la ordenanza entre en vigencia para que los usuarios se adapten.
Cuándo empieza a regir
El Ejecutivo municipal tiene hasta 60 días para reglamentar la ordenanza, donde se definirán las categorías de vehículos, las edades habilitadas y otros detalles. Recién después de ese período de adaptación los conductores quedarán sujetos a las multas.
Con esta medida, Paraná se suma a otras ciudades de Entre Ríos como Concordia y Gualeguaychú, que ya tienen reglas para este tipo de movilidad que creció fuerte en las calles en los últimos años.