Misiones pone tope a los animales en casa: cuántos se podrán tener y qué especies quedan afuera

La provincia fijó un tope de cinco animales silvestres por casa y una lista de apenas seis especies que se podrán vender. Pero los que ya están en los hogares no quedan tranquilos: lo que dice la resolución sobre su futuro.

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Misiones pone tope a los animales en casa: cuántos se podrán tener y qué especies quedan afuera
Misiones pone tope a los animales en casa: cuántos se podrán tener y qué especies quedan afuera

El Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables de Misiones puso en marcha un nuevo régimen para la tenencia y venta de fauna silvestre. La Resolución 367/2026, vigente desde el 17 de octubre, fija un límite de cinco animales silvestres por vivienda y reduce a solo seis las especies exóticas que podrán comercializarse en la provincia.

La norma incorpora exigencias de identificación, registro y control sanitario. Según explicaron desde la cartera ambiental, el objetivo es frenar el tráfico ilegal y poder rastrear el origen de cada ejemplar.

Una ley de los 80 que quedó vieja

El director general de Ecología y Calidad Ambiental, Franco García Sosa, contó en FM 89.3 Santa María de las Misiones que la reglamentación nació de una necesidad concreta: la Ley de Fauna provincial es de la década del 80 y fue pensada para otros problemas.

“La Ley de Fauna en la provincia es de los años 80 y en su momento fue sancionada por otras problemáticas, como la caza, y el abordaje era ese, no tanto lo que tenía que ver con el mascotismo y el tráfico de animales”, señaló el funcionario.

Con los años y los operativos de fiscalización aparecieron situaciones que la norma original no preveía con precisión. “Ya pasaron 40 años de la sanción de la Ley de Fauna y, a medida que fuimos viendo diferentes operativos de fiscalización, nos encontramos con varios grises”, sostuvo.

Por eso, el propósito declarado de la resolución es “ordenar, regular, registrar y controlar qué animales pueden ingresar a Misiones, quiénes pueden tenerlos y en qué condiciones pueden comercializarse”.

Las seis especies habilitadas para la venta

El cambio más visible es el listado de especies exóticas cuya comercialización queda autorizada. Son apenas seis, siempre que tengan origen legal y se ofrezcan en locales que cumplan con los requisitos del Ministerio.

Entre las aves se permiten la cotorrita australiana, la cacatúa ninfa, el canario y el diamante cebra. Entre los reptiles, el gecko leopardo y el dragón barbudo.

La venta quedará restringida a agroveterinarias que reúnan las condiciones que exige la autoridad ambiental. La selección surgió de evaluaciones biológicas y sanitarias.

Quedan afuera, entre otros, loros, tortugas, serpientes, monos y coatíes. García Sosa remarcó además que sigue prohibida la tenencia de fauna silvestre autóctona y que la nueva reglamentación no habilita a tener cualquier animal en casa.

Qué pasa con los animales que ya están en los hogares

La resolución también alcanza a quienes hoy tienen ejemplares comprendidos en el régimen. Para esos casos, el Ministerio fijó un plazo de dos meses para informar qué animales hay en cada domicilio y arrancar el trámite.

Los comercios dedicados a la venta tendrán tres meses para presentar la documentación exigida y un inventario de sus ejemplares.

Para ordenar todo se creó el Registro Único de Fauna (RUFA), que reunirá los datos de los animales, sus tenedores y los locales autorizados. Pero anotarse no equivale a tener el permiso: la inscripción no autoriza automáticamente la tenencia ni acredita que el origen del ejemplar sea legal.

“Desde el equipo del Departamento de Fauna se van a analizar todos los diferentes puntos de vista, siempre en pos del bienestar animal”, afirmó el funcionario. Cada caso se evaluará por separado y, si las circunstancias lo requieren, la autoridad ambiental podrá disponer el retiro o decomiso de los animales.

El tope de cinco por casa

El límite es general: cinco animales silvestres por domicilio, sin importar cuántas personas vivan allí. La norma prevé excepciones, pero deberán ser evaluadas y autorizadas de forma expresa por el Ministerio.

“Hay un límite de la cantidad de animales silvestres autorizados y son cinco ejemplares por vivienda. Igual se va a analizar caso por caso y se van a tomar las medidas pertinentes”, explicó García Sosa.

El funcionario insistió en que el análisis individual será clave para resolver las situaciones ya existentes, sobre todo cuando se trate de especies cuya tenencia no está permitida.

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