Misiones dejó atrás la prohibición del glifosato: qué cambia ahora para el agro

Misiones ya tiene ley nueva: el glifosato dejó de estar prohibido, pero no todo es vía libre. La letra chica que definirá qué se puede usar y quién lo autoriza cambia el tablero para el campo misionero.

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Misiones dejó atrás la prohibición del glifosato: qué cambia ahora para el agro
Misiones dejó atrás la prohibición del glifosato: qué cambia ahora para el agro

El Gobierno de Misiones promulgó la ley que elimina la prohibición absoluta del glifosato, una medida que había sido votada por unanimidad y que ahora queda sujeta a autorizaciones de organismos competentes. El cambio se formalizó mediante el Decreto Nº 1757, firmado por el gobernador Hugo Passalacqua el 8 de septiembre y publicado este jueves en el Boletín Digital.

La norma en cuestión es la Ley VIII – Nº 124, sancionada por la Cámara de Representantes el 3 de septiembre de 2026 con el respaldo de todos los legisladores. Con su entrada en vigencia, queda sin efecto el artículo 7 de la anterior Ley VIII Nº 103, que establecía la prohibición total del glifosato en el territorio provincial.

Qué dice la nueva redacción

El artículo 7 reformulado dispone que “se podrá utilizar bioinsumos en el territorio provincial” siempre que sean autorizados por los organismos competentes a nivel nacional y, cuando corresponda, por las autoridades de los países de destino de las exportaciones de productos de origen local.

De esta manera, la modificación legislativa no habilita un uso irrestricto de cualquier producto, sino que incorpora un esquema sujeto a las autorizaciones correspondientes. Además, el artículo 2 de la nueva ley deroga por completo el artículo 8 de la Ley VIII – Nº 103, de Promoción de la Producción de Bioinsumos.

El cambio debe leerse en conjunto con la modificación de otros artículos de la Ley VIII Nº 103, que redefine las autoridades responsables y establece nuevas pautas para la producción y utilización de bioinsumos.

Agro y Ecología, las autoridades de aplicación

Según el artículo 5 de la normativa, serán autoridades de aplicación el Ministerio del Agro y la Producción y el Ministerio de Ecología y Recursos Naturales Renovables, cada uno dentro de su ámbito de competencia.

Entre sus funciones, el artículo 6 les asigna mantener actualizado el registro correspondiente y facilitar los registros vinculados con el desarrollo, fabricación, fraccionamiento, almacenamiento, transporte, comercialización, exhibición y publicidad de los insumos naturales. También podrán celebrar convenios con organismos e instituciones nacionales, provinciales y municipales para promover la investigación y el desarrollo de nuevos bioinsumos.

El mismo artículo contempla incentivos para las personas humanas o jurídicas inscriptas en el Registro Provincial de Productores de Bioinsumos, que podrán acceder a incentivos financieros y asesoramiento técnico a través de los organismos competentes.

Asimismo, la normativa establece que las entidades representativas de los sectores de la producción agropecuaria y forestal podrán participar mediante instancias de consulta, intercambio técnico y formulación de recomendaciones.

La nueva legislación redefine así el marco provincial para los bioinsumos y deja atrás la prohibición absoluta que había generado uno de los principales puntos de debate en torno a la normativa agropecuaria de Misiones.

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