Minería en Salta: por qué cualquiera puede pedir una mina y qué cambió en 20 años

La regalía es un árbol que no nos tiene que tapar el bosque: la frase del abogado Gonzalo Castañeda Nordmann da vuelta la discusión sobre la minería en Salta. Detrás hay un dato que casi nadie mira y que cambia el foco por completo.

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Minería en Salta: por qué cualquiera puede pedir una mina y qué cambió en 20 años
Minería en Salta: por qué cualquiera puede pedir una mina y qué cambió en 20 años

El abogado especializado en derecho minero y ambiental Gonzalo Castañeda Nordmann pasó por Territorio Minero y desarmó varios prejuicios sobre la actividad. Uno de los más llamativos: la legislación argentina no reserva la minería a las grandes empresas. “Cualquier persona puede hacer minería, cualquier persona puede ser minero”, afirmó, y recordó que la normativa habilita a mayores de 18 años a solicitar una mina, incluso bajo la figura del cateador libre.

Detrás de cada proyecto minero hay un entramado jurídico que define quién accede al recurso, con qué controles y cómo se vincula con el territorio. Ese es el mapa que el especialista recorrió durante la entrevista, desde la concesión hasta la licencia social, pasando por la contratación de proveedores locales y la necesidad de ordenar una normativa ambiental que fue acumulándose durante décadas.

De ambientalista a especialista en minería

La trayectoria de Castañeda Nordmann acompaña esa evolución: arrancó como abogado ambientalista y después se especializó en minería. Desde ahí sostiene que el gran salto de la actividad fue incorporar exigencias ambientales y sociales que hoy son inseparables de cualquier proyecto. “El cumplimiento ambiental es de los más estrictos que hay”, aseguró.

Antes de llegar a esos temas, hay una cuestión básica que suele desconocerse fuera del sector. En Argentina los recursos minerales pertenecen a las provincias, y quien quiera explotarlos necesita una concesión. Encontrar un mineral no convierte a nadie en propietario: hay un procedimiento con exigencias ambientales y sociales.

Quién puede pedir una mina y por qué Salta marca la diferencia

La normativa contempla desde emprendimientos pequeños hasta grandes proyectos de inversión. El especialista explicó que existen pequeños mineros y que la ley fomenta que cualquier persona mayor de 18 años pueda iniciar el trámite.

Pero el punto que más destaca sobre Salta es otro. La provincia cuenta con un Juzgado de Minas que otorga las concesiones, una particularidad que, según el abogado, le da estabilidad a las decisiones. “Salta es la única provincia del país que ese mineral lo concede a través de un juez”, explicó. Eso implica que una propiedad minera queda respaldada por una sentencia judicial, con continuidad frente a los cambios de autoridades políticas.

Para el especialista, la previsibilidad es clave para un inversor que compromete capitales por períodos largos. “El inversor lo que busca básicamente son dos cosas, seguridad jurídica y previsibilidad jurídica y financiera y tributaria”, afirmó.

Proveedores locales: obligación y licencia social

El desarrollo de proveedores es una de las transformaciones más recientes del derecho minero. Las provincias empezaron a fijar mecanismos para promover la contratación de trabajadores y empresas locales, con distintos porcentajes y modalidades. En Salta la preferencia local puede establecerse en torno al 70% anual, y hay excepciones cuando ciertos perfiles no se encuentran en la provincia.

Sobre la constitucionalidad de esos cupos, Castañeda Nordmann fue prudente: hay argumentos a favor y en contra, y serán los jueces quienes definan. Pero puso el foco en el efecto económico dentro de los territorios. “En la práctica esto generó una cuestión muy positiva en cuanto a construir licencia social. Es muy positivo ver que sean salteños y empresas salteñas que están creciendo de la mano de la minería”, sostuvo.

El fenómeno no es exclusivo de Salta ni del triángulo del litio: también mencionó regulaciones y metas en Jujuy, Catamarca, San Juan, Neuquén, Río Negro, La Rioja y Santa Cruz, con porcentajes y exigencias variables.

La regalía no lo es todo

La discusión pública suele concentrarse en las regalías, pero el abogado propone ampliar la mirada. “La regalía es un árbol que no nos tiene que tapar el bosque”, afirmó. Su argumento: además de regalías y tributos, una empresa minera mueve un volumen enorme de dinero a través de la contratación de bienes, insumos, servicios y empleo.

El dato que lo dimensiona: más del 60% del gasto de una empresa minera puede concentrarse en la contratación de bienes, insumos y servicios. “Cuando uno abre la billetera de la empresa, ve que la mayor inversión de la empresa no se va en regalías o en tributo, se va en la contratación de bienes, insumos y servicios”, explicó.

Una mina necesita caminos, campamentos, alimentación, gestión de residuos, transporte y una extensa cadena de servicios. Por eso, para el especialista, el ecosistema de proveedores locales es estratégico: no se trata solo de cuántas regalías genera un proyecto, sino de cuánto de esa inversión queda circulando en el territorio.

La licencia social ya es parte de la estructura

El cambio también se ve dentro de las compañías. Hace dos décadas no existía una gerencia dedicada al relacionamiento comunitario; hoy es parte de la estructura de numerosas empresas. “Hace 20 años no había una gerencia de relacionamiento comunitario. Es inconcebible que un presidente de una empresa te diga, ‘Che, hay que poner una gerencia de relacionamiento’. ¿Qué? No, olvidate, hoy en día es un pilar dentro de la empresa”, relató.

Para el abogado, la licencia social dejó de ser un concepto externo: las empresas necesitan permisos ambientales y legales, pero también construir vínculos con las comunidades donde operan.

Una normativa que pide actualización

Hacia el final, Castañeda Nordmann planteó una mirada crítica sobre el marco regulatorio. No cuestionó las exigencias ambientales, sino la forma en que se acumularon: decretos, resoluciones y disposiciones que conviven en un sistema fragmentado. “Es necesario en algún momento una actualización y una concentración de esa normativa para sacar algo mucho mejor y superador”, sostuvo.

Su propuesta no apunta a reducir controles, sino a un marco más claro y adaptado a la actividad actual, con trabajo interdisciplinario. Y remarcó que no todas las actividades mineras son iguales: “No es lo mismo una actividad minera de litio que una cantera de árido en un río”. Tampoco debería tener las mismas exigencias una exploración superficial que un proyecto de gran escala.

La diferencia importa porque la minería puede atravesar períodos muy extensos de exploración antes de producir. Como ejemplo mencionó el caso de Lindero, que tuvo cerca de 25 años de exploración antes de avanzar hacia la construcción. Para el especialista, la normativa debería acompañar cada etapa sin perder de vista que la exploración también necesita protección y fomento.

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