Milei le quitó a La Pampa la mitad de las regalías del Atuel y Ziliotto estalló: "No nos quedaremos quietos"

La Pampa venía cobrando la mitad de las regalías hidroeléctricas de Los Nihuiles y el Gobierno de Milei acaba de firmar el decreto que se las saca. Ziliotto no lo dudó: "No nos quedaremos quietos".

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Milei le quitó a La Pampa la mitad de las regalías del Atuel y Ziliotto estalló: "No nos quedaremos quietos"
Milei le quitó a La Pampa la mitad de las regalías del Atuel y Ziliotto estalló: "No nos quedaremos quietos"

El gobernador Sergio Ziliotto apuntó con dureza contra el Gobierno de Javier Milei por la decisión de dejar sin efecto el reparto de regalías hidroeléctricas del sistema Los Nihuiles. La Pampa dejará de percibir el 6% que recibía por la generación sobre el río Atuel y Mendoza pasará a cobrar la totalidad.

"No solo Mendoza nos robó un río. Ahora junto al Gobierno de Milei, que deroga el Decreto 1560/73, nos quitan sus regalías. ¡No nos quedaremos quietos! El Río Atuel también es pampeano!!!", escribió el mandatario provincial en su cuenta de X.

Qué dice el decreto que firmó Milei

La medida se oficializó este viernes a través del Decreto 982/2026, rubricado por el jefe de Estado y el ministro de Economía, Luis Caputo. La norma deroga el esquema vigente desde 1973 y establece que las regalías de Los Nihuiles "corresponderán en su totalidad a la Provincia de Mendoza".

Hasta ahora, la regalía hidroeléctrica que fija la legislación nacional es del 12%, pero en el caso del complejo sobre el río Atuel se repartía por mitades: 6% para Mendoza y 6% para La Pampa. La provincia cuyana reclamaba desde hacía años quedarse con todo el porcentaje.

El origen de esa distribución se remonta al Decreto 1560 de 1973, cuando el Poder Ejecutivo Nacional dispuso que las regalías del entonces Complejo Hidroeléctrico El Nihuil se liquidaran en partes iguales entre ambas provincias. La medida había surgido de un planteo pampeano y quedó sujeta a estudios posteriores.

Más tarde, el artículo 43 de la Ley 15.336, modificado por la Ley 23.164, estableció que las provincias donde se encuentran las fuentes hidroeléctricas deben recibir mensualmente el 12% del importe de la energía vendida. También determinó que, cuando las fuentes están en ríos limítrofes o que atraviesan más de una provincia, el porcentaje debe distribuirse de manera equitativa y racional.

El argumento oficial para dejar a Mendoza con todo

El Decreto 982 se apoya en una distinción clave: el carácter interprovincial del río Atuel no es lo mismo que la ubicación concreta de la fuente hidroeléctrica que genera las regalías. La Nación repasó antecedentes judiciales y administrativos y sostuvo que el derecho a cobrar esos recursos no depende simplemente de que un río atraviese distintas jurisdicciones.

El criterio que adopta es la ubicación efectiva de la fuente y del tramo del curso de agua utilizado para generar energía. Según el decreto, ese aprovechamiento se desarrolla íntegramente dentro del territorio mendocino: abarca desde la sección terminal del remanso de la presa El Nihuil hasta el punto donde se restituyen las aguas turbinadas tras el último aprovechamiento, además de las obras de regulación, conducción y generación.

La Procuración del Tesoro de la Nación había concluido, sobre esa base, que el decreto de 1973 debía ser sustituido y que las regalías de Los Nihuiles correspondían íntegramente a Mendoza. El Gobierno también tomó pronunciamientos de la Corte Suprema, que diferenció el pago de regalías por una fuente hidroeléctrica de las controversias por el uso de aguas de un río interjurisdiccional.

Una particularidad: rechazó el reclamo de Mendoza, pero eliminó el reparto

El decreto tiene una vuelta de tuerca. En su artículo primero, la Nación rechazó formalmente el recurso que Mendoza había presentado contra el Decreto 1560/73, al considerar que aquella disposición no era inválida cuando se dictó e incluso fue reconocida después por ambas provincias.

En 1992, Mendoza, La Pampa y la Nación firmaron un acuerdo interjurisdiccional que contempló el pago de regalías a territorio pampeano. Ese convenio fue aprobado por las legislaturas provinciales y homologado por la Corte Suprema.

Sin embargo, el Gobierno nacional consideró que los antecedentes posteriores y la necesidad de reglas claras para las nuevas concesiones hidroeléctricas justifican cambiar el régimen hacia adelante. Por eso, aunque rechaza el recurso mendocino, el artículo 3 deja sin efecto el Decreto 1560/73.

La modificación comenzó a regir este mismo viernes, desde su publicación en el Boletín Oficial.

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