Mendoza pateó para 2027 una obligación que iba a cambiar los tickets
¿Qué dato iba a aparecer en tu factura a partir de octubre y por qué ahora no lo vas a ver?
La Administración Tributaria Mendoza (ATM) decidió postergar hasta el 1 de enero de 2027 la entrada en vigencia de la obligación de informar el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en facturas, tickets y otros comprobantes fiscales clase B.
La decisión quedó establecida mediante la Resolución General 39, publicada este martes en el Boletín Oficial. La medida modifica el plazo previsto en la Resolución General 27/2026, que había creado esta nueva exigencia a partir del 1 de octubre.
Qué va a aparecer en los tickets
Concretamente, la disposición obliga a que en las facturas B, tickets o comprobantes similares se detalle cuál es la alícuota de Ingresos Brutos correspondiente a la actividad involucrada en la operación. Cuando un mismo comprobante incluya operaciones alcanzadas por distintas actividades y, por lo tanto, diferentes tasas, deberá informarse solamente la alícuota menor.
Sin embargo, los consumidores mendocinos tendrán que esperar unos meses más para comenzar a ver esa información. ATM argumentó que la postergación busca darles tiempo a los contribuyentes para adaptar sus sistemas informáticos, procesos y estructura operativa antes de que la exigencia se vuelva obligatoria. La nueva fecha quedó fijada expresamente para el 1 de enero de 2027.
Hay una diferencia importante respecto del régimen nacional de transparencia fiscal. La resolución mendocina no establece que deba aparecer un "precio sin Ingresos Brutos" ni obliga, al menos en esta disposición, a calcular cuánto costaría el producto si se eliminara ese impuesto provincial.
Lo que ATM exige es que figure la alícuota de Ingresos Brutos aplicable a la operación. Es decir, el consumidor podrá conocer qué porcentaje provincial corresponde a la actividad del comercio, aunque la norma publicada no ordena mostrar un segundo precio descontando ese tributo.
A nivel nacional funciona un esquema diferente. El Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor establece que los precios exhibidos deben mostrar el valor final y, además, un importe neto sin IVA y otros impuestos nacionales indirectos acompañado por la leyenda "PRECIO SIN IMPUESTOS NACIONALES".