Mendoza debate la licencia a los 17: lo que no podrán hacer si la aprueban
Carnet provisorio, toque de queda nocturno y tolerancia cero de alcohol: así funcionaría la licencia para los mendocinos de 17 años que el miércoles se debate en la Legislatura.
La comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados de Mendoza le dio despacho al proyecto que busca habilitar la licencia de conducir a partir de los 17 años. Con ese paso, la iniciativa quedó lista para llegar al recinto y será tratada en la sesión del próximo miércoles.
La propuesta, impulsada por la legisladora María Eugenia De Marchi, apunta a modificar la Ley de Tránsito provincial y a alinearse con lo que ya ocurre en casi todo el resto del país, donde los jóvenes pueden empezar a manejar antes de cumplir la mayoría de edad. Según sus autores, la medida responde a necesidades económicas y sociales de familias mendocinas.
¿Quiénes podrán sacar el carnet y bajo qué condiciones?
El texto habilita la licencia a los 17 años para las categorías A y B, es decir, motocicletas de baja cilindrada y automóviles particulares. Pero la habilitación llega con una serie de restricciones:
— La licencia tendrá carácter provisorio y probatorio.
— Requiere autorización expresa y por escrito de padres, tutores o representantes legales.
— Exige aprobar un curso obligatorio de educación vial, un examen psicofísico y una prueba práctica de conducción, con las mismas exigencias que la licencia definitiva como mínimo.
— Prohíbe conducir entre las 23 y las 6, salvo que se circule acompañado por un adulto responsable con licencia vigente.
— Establece tolerancia cero de alcohol y estupefacientes, sin excepción.
— Permite revocar la licencia de manera inmediata ante la comisión de una infracción.
Conducir profesionalmente, también desde los 17
La iniciativa va más allá del auto particular: a partir de esa edad también quedaría habilitada la posibilidad de conducir profesionalmente. De este modo, Mendoza se adhiere parcialmente a la Ley Nacional de Tránsito e incorpora la licencia graduada para las categorías mencionadas.
El esquema fija además otros pisos de edad: las categorías C y G (camiones sin acoplado y tractores y maquinarias agrícolas) quedarán para mayores de 18 años, mientras que las categorías D y E (transporte de pasajeros, emergencia y seguridad, y cargas pesadas, articulados y maquinaria no agrícola) serán solo para mayores de 21, con los requisitos que establezca la reglamentación.
Peajes, puntos y obstáculos en la vía pública
El proyecto incorpora como falta grave la evasión, el sorteo o la embestida de barreras bajas en estaciones de peaje autorizadas, tanto en vías manuales como automáticas y de identificación automática de vehículos. También considera infracción cualquier forma de evadir el pago del peaje.
Además, suma la posibilidad de aplicar un mecanismo de reducción de puntos a la Licencia Nacional de Conducir, conforme a los principios generales y pautas de procedimiento que determinen la legislación nacional, la Ley 9.024 y su reglamentación.
En otro de sus artículos, el texto establece que la libertad, la seguridad y la fluidez de circulación no podrán verse comprometidas por la ocupación de la vía pública, salvo las excepciones previstas para estaciones de cobro de peajes, controles de cargas, peso y dimensiones, obras básicas de infraestructura vial y obras para el funcionamiento de servicios esenciales. Ante obstáculos anormales, la autoridad de aplicación sobre la vía deberá actuar de inmediato y coordinar con los demás poderes, dependencias u organismos competentes las acciones necesarias para resolver la situación.