Mató a un compañero en la escuela de San Cristóbal: qué pasa ahora con el adolescente sobreseído

Siete meses después del crimen en la Escuela Normal de San Cristóbal, la Justicia resolvió que el adolescente de 15 años no tendrá pena. Para muchos, la pregunta que queda flotando es quién responde por la vida del compañero de 13 años.

· 3 min de lectura
Mató a un compañero en la escuela de San Cristóbal: qué pasa ahora con el adolescente sobreseído
Mató a un compañero en la escuela de San Cristóbal: qué pasa ahora con el adolescente sobreseído

El juez penal José Boaglio resolvió sobreseer por no punibilidad a Gino C., el adolescente de 15 años que en marzo ingresó armado a la Escuela Normal N.º 40 Mariano Moreno de San Cristóbal y mató a un compañero de 13. La decisión se apoya en un dato clave: al momento del hecho, el joven no alcanzaba la edad mínima de 16 años que exige la ley penal para aplicarle una sanción.

Pasaron siete meses desde aquella jornada que sacudió a la provincia de Santa Fe y al país. La resolución judicial, sin embargo, no cierra el expediente en términos de intervención estatal: el adolescente queda bajo la órbita de organismos de protección y deberá cumplir con un esquema de abordaje obligatorio.

Qué implica el sobreseimiento por no punibilidad

La figura procesal aplicada por Boaglio deja en claro que Gino C. no recibirá una pena. En concreto, no podrá ser alojado en un centro de detención ni en un establecimiento penitenciario, y tampoco se le asentará un antecedente penal en su registro.

La ausencia de castigo penal no equivale, en cambio, a que el Estado se retire de su vida. La ley contempla otro carril de actuación para los menores inimputables, con medidas de tutela y asistencia que son de cumplimiento estricto.

Las medidas tutelares que debe aplicar el Estado

El Juzgado de Menores, en coordinación con la Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Santa Fe, es el organismo encargado de disponer las medidas de resguardo y protección integral sobre el adolescente.

Entre las obligaciones previstas aparece un abordaje interdisciplinario que incluye tratamientos de salud mental, tanto psicológicos como psiquiátricos. A eso se suma el acompañamiento pedagógico y educativo, junto con un seguimiento social que alcanza también a su entorno familiar.

El juzgado tiene además la facultad de fijar restricciones de conducta y de alejamiento. Puede establecer pautas sobre su residencia, prohibirle el acercamiento a determinados lugares o personas y exigirle que se someta al control de un equipo técnico tutelar.

Un castigo penal, no; control estatal, sí

El esquema que rige para el caso es claro: desde la órbita del derecho penal, el adolescente no recibe una condena ni un castigo. En su lugar, el Estado aplica medidas tutelar-asistenciales de cumplimiento obligatorio, orientadas a resguardar su integridad y también la de terceros.

La resolución de Boaglio llega siete meses después del episodio que terminó con la vida de un alumno de 13 años dentro de la Escuela Normal de San Cristóbal, un hecho que marcó un antes y un después en la comunidad educativa de la localidad santafesina.

Más para leer

El jurado no tuvo dudas con Monzón: qué pidió ahora el fiscal para el asesino de Pelusa Farías
Policiales
Lo dejó tirado con la clavícula rota y la app lo delató: así cayó el conductor de Uber Moto
Policiales
Desviaban plata de cuentas judiciales con oficios truchos: el fallo que complica al ex fiscal
Policiales
Subía a instalar fibra óptica a 8 metros: el desenlace que nadie esperaba en Capitán Bermúdez
Policiales
Santa Fe abrió una billetera virtual en el exterior y adentro había casi US$400.000
Policiales
Subía a instalar fibra óptica en el centro de Bermúdez: el operario cayó desde ocho metros
Policiales