Manejaba una pick-up, chocó y dejó a un hombre en terapia intensiva: la decisión de la Justicia
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Manejaba una pick-up, chocó y dejó a un hombre en terapia intensiva: la decisión de la Justicia

Un conductor de 22 años, una pick-up, un cruce en General Pico y un herido que terminó internado en terapia intensiva. El detalle que complicó al acusado: lo que hizo con la camioneta horas después del impacto.

Un juez de General Pico resolvió la situación de un joven de 22 años acusado de protagonizar un choque y escaparse sin asistir al herido. La pena: dos años de prisión de ejecución condicional y la prohibición de manejar cualquier vehículo con motor durante el mismo lapso.

La sentencia la firmó Diego Ambrogetti, juez de control de esa ciudad, en el marco de un acuerdo de juicio abreviado. El condenado es Emiliano Valentín Zucchelli, señalado como autor material y penalmente responsable de lesiones graves culposas agravadas por la conducción imprudente, negligente y/o antirreglamentaria de un vehículo con motor y por haberse dado a la fuga.

El choque y la fuga

Según las pruebas reunidas en la causa, el hecho ocurrió el 18 de mayo de este año, alrededor de las 9:30 de la mañana. Zucchelli circulaba en una pick-up por calle 103 de General Pico y, al llegar a la intersección con la calle 112, siguió de largo e impactó contra un auto que transitaba por esa última arteria.

Lejos de detenerse, el conductor se alejó del lugar. Horas más tarde, esa misma jornada, se deshizo de la camioneta: se la entregó a un conocido.

Las lesiones del damnificado

El conductor del auto embestido terminó con heridas de consideración. El médico del hospital Gobernador Centeno certificó «Politraumatismos, TAC hematoma epidural frontoparietal derecho. Internado en UTI por TEC potencialmente grave».

El acuerdo y la conformidad de la víctima

El acuerdo de juicio abreviado lo presentaron el fiscal Guillermo Komarofky, el imputado y su defensor, Guillermo Costantino. Al damnificado se le informó sobre la modalidad elegida para cerrar el proceso, sus características y consecuencias jurídicas, además del contenido del acuerdo y la pena pactada. El hombre manifestó su conformidad.

En el fallo, el juez sostuvo que de los testimonios y de los informes médicos y periciales surge con claridad que «el hecho atribuído a Emiliano Valentín Zucchelli –no haber respetado la prioridad de paso al llegar a una intersección de calles y darse luego de producido el siniestro a la fuga sin socorrer a la víctima- fue la causa eficiente de las lesiones descriptas en la prueba documental e informativa».

Sin antecedentes y reglas de conducta

Del Registro Nacional de Reincidencia se desprende que el condenado no registra antecedentes penales. Además de la pena, Ambrogetti le impuso por dos años la obligación de fijar domicilio y someterse al control del Ente de Políticas Socializadoras y Unidad de Abordaje.

El magistrado explicó los límites que tenía al resolver: «el monto acordado resulta un límite punitivo para el juzgador, que no puede ser franqueado por quien tiene a su cargo resolver la cuestión presentada por las partes, debiéndose en definitiva, respetar lo convenido por las partes, dado que ello es una obligación legal impuesta por el art. 369 del C.P.P., ya que el criterio sobre la mensuración de la pena queda en cabeza de la pretensión punitiva del Fiscal, según la Corte Suprema de Justicia de la Nación, siendo aquel quien establece el máximo tope de la misma y de la pena aplicable».

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